viernes, 28 de agosto de 2009

Avanza proyecto para modificar ley fundamental en discapacidad

La ley 24.901 se refiere al sistema de prestaciones básicas en habilitación y rehabilitación de las personas con discapacidad.
Un grupo de padres de chicos con TGD viene propulsando estas modificaciones.

Ayer, miércoles 26 de agosto se aprobó por unanimidad en la comisión de discapacidad de la cámara de diputados el proyecto de modificación de la 24.901 (Sistema de prestaciones básicas en habilitación y rehabilitación de las personas con discapacidad) propuesto por el diputado Claudio Morgado y respaldado por un grupo de padres cuyos hijos tienen Trastorno Generalizado del Desarrollo (TGD). Después de este paso tan importante, el proyecto pasará a la Comisión de Salud y Hacienda y esta comisión trabajará en conjunto con la comisión de discapacidad. Los padres reunidos en TGD Padres esperan así agilizar los tiempos y lograr la mayoría necesaria para que pueda aprobarse el proyecto.¿Cuáles serían las consecuencias de que se aprobaran estas modificaciones a la Ley 24.901?A modo de ejemplo, desde TGD Padres enuncian algunas de ellas:1) Todas las obras sociales, mutuales, prepagas y cualquier entidad que brinde servicios médicos de salud deberán brindar la cobertura total de las prestaciones a favor de las personas con discapacidad. 2) Las personas que no tengan obra social o ningún tipo de prestador de salud tendrán derecho a recibir las prestaciones siendo el propio Estado quien deberá proveérselas.3) Las obras sociales, pre-pagas, etc. deberán:-Capacitar a su personal-Informar a sus afiliados de todos los derechos que tienen las personas con discapacidad (obtención del certificado, cobertura del 100% de los tratamientos, etc.). Si ellos están obligados a informar sobre estos derechos ya se hace más difícil que incumplan en cualquiera de sus formas. 4) Habrá una multa a los agentes de salud que no cumplan con la cobertura de las prestaciones para discapacidad que tendrá (la multa) un monto igual o mayor al 100% del valor de la prestación denegada. Y además, “con independencia de la responsabilidad civil o penal que pudiere corresponder”.5) La persona con discapacidad (o su familia a cargo) va a poder elegir el prestador que quiera aunque no sea el contratado o brindado por la obra social.6) El Poder Ejecutivo propondrá a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la sanción en sus jurisdicciones de regímenes normativos que establezcan principios análogos a los de la presente ley, e invitará a incorporar las modificaciones real izadas en cumplimiento de la ley 26.3787) Transporte gratuito a todos los establecimientos y/o ligares. Aún al colegio común. Inclusive el estado para los que no cuenten con obra Social.8) Cobertura integral de centros de recreación y colonias de vacaciones para personas con discapacidad. 9) Se podrá elegir el profesional que trate a nuestros hijos, aunque no pertenezca al grupo de profesionales de la obra social, etc.10) Deberán cubrir todos los estudios que se necesite por su discapacidad se hagan o no en el país.Desde TGD Padres festejan este logro y siguen adelante por la Ley de Detección Precoz y las modificaciones en Educación.

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