jueves, 10 de diciembre de 2009

Evento de cierre

La propuesta de los Trabajadores en Discapacidad

Este próximo viernes 11 a las 17 hs se realizará en CTERA la última actividad de fin de año, impulsada por la Secretaria de Discapacidad de la CTA y su Fundación Trabajo y Justicia Social. Con la presencia de nuestro secretario general, Hugo Yasky, se plantearán las acciones a seguir durante el 2010.

Producto del trabajo emprendido a lo largo del año, que contabiliza la realización de 8 Jornadas de Capacitación llevadas a cabo en la sede de la CTA nacional, y 4 Encuentros Regionales en Santa Fe, Posadas, Jujuy y La Plata, se contó con la participación de alrededor de 1000 compañeros y compañeros, que con y sin discapacidad, se congregaron en la lucha por hacer efectivos los derechos de los trabajadores con discapacidad.

Por ello, en esta oportunidad invitamos a quienes fueron parte de dichas actividades y a los trabajadores de la salud, de la educación, judiciales, personas con discapacidad y familiares, así como a los organismos estatales vinculados con la temática, a ser parte de esta etapa. Como expresó Néstor Carasa, Secretario de Educación Especial de SUTEBA y responsable del áera de educación de la Secretaria de Discapacidad de la CTA “este es un tiempo de síntesis para la Secretaría. Los Trabajadores nos reunimos para reconocer el camino recorrido, para repensar el presente y para proyectar el porvenir. La lucha está siendo, hicimos muchas cosas pero todavía nos falta, por esto invitamos a todas las compañeras y compañeros a continuar la pelea".

Carasa, quien el próximo lunes asumirá como Consejero General de Cultura y Educación integrará el panel, junto al secretario general de la CTA, Hugo Yasky y al secretario de Discapacidad de la Central, Carlos Ferreres. Se realizará un cierre plenario, y durante el desarrollo de la actividad se presentará el video: “Los Trabajadores y la Discapacidad”, y los distintos materiales comunicacionales que elaboró la Secretaria. Para finalizar haremos un brindis de finalización del año.

El lugar de realización será en CTERA (Chile 654, a las 17:00 horas). El evento contará con lenguaje de señas.

También se invita a participar del encuentro a los diferentes medios de prensa, considerando que su aporte es fundamental para “visibilizar” la temática de la discapacidad.

“Trabajadores, organizaciones sociales y organismos del Estado debemos comprometernos y participar activamente en la construcción de otro porvenir para todos los niños, adolescentes, jóvenes y adultos con discapacidad que habitan nuestro país.”

Regional La Plata

Encuentro por el acceso a los derechos de la personas con discapacidad

El 4 de diciembre se realizó el 2º Encuentro Provincial y el 4º Encuentro regional de Discapacidad bajo la consigna “Por el acceso a los derechos de las personas con discapacidad y políticas públicas para la integración”. Beatriz Horrac, referente del área en la CTA bonaerense indicó que “en este tema la acción sindical por la salud de los trabajadores es fundamental”.

Por Rosario Hasperue, prensa CTA Provincia Bs As

El encuentro se desarrolló en una intensa jornada que tuvo lugar el viernes 4 de diciembre de 8 a 17hs. en la sede de ATE provincia en la ciudad de La Plata. La apertura estuvo a cargo de dirigentes la mesa provincial y representantes de CTA Nación, entre ellos el secretario de Discapacidad de la CTA Nacional Carlos Ferreres.
Participaron autoridades bonaerenses de los ministerios de Desarrollo Social, de Salud y de Trabajo; compañeros de la secretaría de Discapacidad de la CTA Nacional, Capital y provincia de Buenos Aires, Córdoba y Corrientes. Beatriz Horrac indicó que “fue interesante el aporte de las otras provincias y de representantes de programas como del SECLAS, que es un programa de inclusión laboral del Ministerio de Trabajo; y de un programa de rehabilitación del Ministerio de Salud de la provincia”.

Por la mañana se realizaron paneles sobre experiencias de políticas públicas de Provincia y Nación, sobre salud, educación y trabajo desde la perspectiva de la CTA. “En este tema la acción sindical por la salud de los trabajadores es fundamental” señaló Horrac.

Por la tarde se presentaron experiencias de cooperativismo y autogestión, como es el caso de la Unión Solidaria de los Trabajadores (UST) en Avellaneda, que lleva adelante un proyecto de incorporar trabajadores con discapacidad en la planta.

Además, se presentó el trabajo que lleva adelante una escuela especial de La Matanza, en donde se desarrolla el rol de los alumnos como sujetos de decisión, “con una fuerte integración a la comunidad” indicaron.

Finalmente, desde la CTA de Berazategui expusieron cómo están organizando la secretaría de Discapacidad a nivel local, siendo la primera secretaría regional de la provincia sobre este tema.

Luego de los paneles, se inició el trabajo en comisiones, en donde los participantes debatieron sobre trabajo, educación y salud. “Desarrollamos cuáles son los derechos de las personas con discapacidad, qué debe hacer el Estado y qué debe hacer la CTA” indicó Horrac.

“Hay una expectativa muy grande, y el balance me parece positivo. Esta es la segunda jornada en donde se comienza a discutir sobre el tema, que entendemos que cuesta la convocatoria porque cuesta que se asuma” consideró la referente del área, y agregó que “esto está muy asociado a la salud laboral, a las condiciones de trabajo. Por eso creemos importante la continuidad y el fortalecimiento de la secretaría. Muchas discapacidades se dan por el ámbito de trabajo, pero para abordar esta temática se deben conocer los derechos, efectivizar su defensa y exigencia”.

Encuentros Regionales 2009

Surgen del Proyecto de articulación y difusión de Políticas Públicas vinculadas a la Discapacidad, entre el Ministerio de Desarrollo Social y la Fundación Trabajo y Justicia Social de la secretaría de Discapacidad de la CTA Nacional.

Con el encuentro de La Plata, se culmina el año de actividades en las distintas regiones distribuidas por Centro (Córdoba, Santa Fe y Entre Ríos); Región Noreste (Misiones, Corrientes, Formosa y Chaco); Región Noroeste (Salta, Jujuy, Tucumán, La Rioja y Santiago del Estero); y la Región Metropolitana (Ciudad de Buenos Aires y Provincia de Buenos Aires).

Acceso al Empleo de Personas con discapacidad

En el marco del Día Internacional de las Personas con Discapacidad, el
jueves próximo pasado se realizó en el Salón Carlos Jáuregui del INADI
(Moreno 750 1º piso - CABA), se llevó a cabo el Encuentro sobre Acceso
al Empleo de Personas con Discapacidad con la presencia de la
presidenta María José Lubertino y todas las organizaciones de la
sociedad civil que integran el Foro de Discapacidad. Se realizará un
balance de las actividades y presentaciones llevadas a cabo desde el
Instituto en este campo y se debatirán propuestas que contribuyan a
lograr la plena inclusión.

"Trabajamos para visibilizar a las personas con discapacidad, es mucho
lo que hicimos desde que asumimos en el INADI pero es más lo que nos
queda por hacer. Hay que difundir la posibilidad que tienen las personas
con discapacidad de ser acompañadas en sus reclamos por el INADI. Es
necesario que la sociedad tome mayor conciencia sobre los derechos,
necesidades y oportunidades que tienen las personas con discapacidad,
para eliminar todos los obstáculos que se opongan a su plena inclusión"
manifestó la presidenta del INADI.

El INADI trabaja e impulsa medidas para el otorgamiento de las empresas
de transporte de los pasajes a las personas con discapacidad como
también para que en todas las provincias de la Argentina, las empresas
de colectivos renueven su flota de transporte y cuenten con unidades con
accesibilidad.

Entre otras iniciativas, en el campo del trabajo, en el período
2008/2009 se llevó adelante el Proyecto Concientizar para incluir,
diseñado para la concientización sobre la discriminación laboral que
soportan las personas con discapacidad, y en particular las mujeres,
como así también para la concientización y la promoción de la
responsabilidad social de las pequeñas y medianas empresas en estas
áreas. Para ello se capacitó y empleó a personas con distinto tipo de
discapacidad, que realizaron un rastrillaje de zonas visitando más de
500 empresas y comercios. Se trabajó con un criterio de selección
geográfico, para sensibilizar y concientizar a los dueñas/os y/ o
responsables de recursos humanos de diversos comercios y empresas, a
las/os que se les entregó información impresa.

El Foro de personas con discapacidad del INADI se propone la integración
e igual acceso a educación, transporte, salud y trabajo. En ese
sentido, las organizaciones elaboraron un documento que exigirá el
cumplimiento de leyes inclusivas en el ámbito laboral en el Estado, en
la ciudad de Buenos Aires. El 15 de octubre de 2009, la Legislatura de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó la ley 3.230 y estableció una
prórroga de un año para el cumplimiento del mandato constitucional
contenido en el artículo 43 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.

Este artículo establece que la ciudad "Asegura un cupo del cinco por
ciento del personal para las personas con necesidades especiales, con
incorporación gradual en la forma que la ley determine. En todo contrato
de concesión de servicios o de transferencia de actividades al sector
privado, se preverá la aplicación estricta de esta disposición".

En el año 2004, la Ley Nº 1.502 sobre la incorporación de personas con
necesidades especiales al sector público de la ciudad avanzó aún más en
la consecución de estos fines, ya que estableció en su artículo 4º un
plazo máximo para dar cumplimiento a lo establecido en la ley diciendo
que "La incorporación de personas con necesidades especiales deberá ser
gradual y progresiva para cubrir el cupo del cinco por ciento."

Puntualizando que "Dicha incorporación deberá efectuarse en el plazo
máximo e improrrogable de cinco años a partir de la sanción de la
presente ley. Para alcanzar dicha incorporación en tiempo y forma, la
misma debe ser gradual, efectuándose en al menos un dos por ciento en
los dos primeros años." A pesar de este amplio espacio legal, de raíz
constitucional, tendiente a poner fin a la desigualdad estructural de la
que son víctimas las personas con discapacidad, el cupo establecido no
se cumple.

El Plan Nacional contra la Discriminación no solo señala las
dificultades de acceso al empleo sufrido por las personas con
discapacidad, sino que remarca también que el mayor inconveniente que
enfrenta nuestro país radica en el amplio y difundido incumplimiento de
la legislación referida a las personas con "necesidades especiales".

Fuente: INADI

miércoles, 2 de diciembre de 2009

DISCAPACIDAD TRAMITES ORIENTATIVO

QUERIDOS COMPAÑEROS ANTE TODO TRAMITE QUE TENGAMOS QUE INICIAR ANTE CUALQUIER ORGANISMO NACIONAL, PROVINCIAL, MUNICIPAL, OBRAS SOCIALES, PREPAGAS, COLEGIOS, ETC REFERIDO AL EJERCICIO DE NUESTROS DERECHOS TENEMOS QUE TENER EN CUENTA LAS SIGUIENTES PREMISAS:

1. Los tramites, reclamos, incumplimientos, quejas deben ser presentadas en forma escrita ante los Organismo en cuestión. Deben contener nombre, apellido y domicilio y estar firmadas, en general, por el damnificado, o por un representante en los casos de que aquel se encontrara imposibilitado. En el escrito debe estar planteada la naturaleza del problema y acompañada de la documentación respaldatoria en fotocopia de todos los comprobantes relacionados.
La documentación respaldadatoria: Dni 1º y 2º hoja
Certificado de Discapacidad

2º. Tener una copia de nuestro escrito para ser sellada en mesa de entrada por el Organismo en cuestión con Nº de expediente, dicha copia nos queda a nosotros como comprobante de presentación para ser elevada segun corresponda a una instancia superior.

3º. Si el reclamo es laboral para solicitar un puesto en la Administración Pública Nacional, Provincial, Municipal, Organismos Autárquicos , Desentralizados, Sociedades de Estado, Empresas Privatizadas, etc( ver ley 25.689)debemos acompañar en fotocopia:
Dni 1º y 2º Hoja
Certificado de Discapacidad
Curriculun Vitae

Si el reclamo es por Salud por ejemplo "falta de provisión de medicamentos, protesis, elementos de ortesis, traslados en ambulancia, etc", se debera acompañar la siguiente documentación:
Dni 1º y 2º Hoja
Certificado de Discapacidad
Historia Clinica
Recetas
Mas toda documentación respaldatoria derivada de su patología.

Siguiendo esta misma linea de presentación, para Educación, transporte, accesibilidad, etc, acompañar nuestros pedidos con toda la documnetación en fotocopia referida a la situación planteda.

Tenemos 2 vias de presentación para ejercer nuestros derechos:

a. La via Adminitrativa

b. La via Judicial

Por la via administrativa en el caso de que la presentación de nuestro pedido fuera ante Organsimos Nacionales, hacemos el pedido y le damos un tiempo prudencial de contestación que no deberia exceder los 20 dias habiles, ante el silencio o la negativa a nuestro pedido, elevar el reclamo ante el Organismo Controlador, y ante la InoOerancia del Organismo Controlador como última Instancia en la Defensoria del Pueblo de la Nación.

Si se trata de Organismos Provinciales y Municipales idem al anterior, pero en la faz Provincial y Municipal.

Por la via judicial Haciendo un Recurso de Amparo en Sede Judicial.

Cabe aclarar que queda a criterio personal que via tomar.

Espero que esta información sea de utilidad para acortar los tiempos de contestación.

lunes, 23 de noviembre de 2009

Argentina - Inclusión en Acción. Programa de Insersión Laboral

Conforme la Resolución Ministerial Nº 802/04, y con el propósito de promover la inserción laboral de los trabajadores con discapacidad en el sector privado, a través del otorgamiento de mayores incentivos a los empleadores para su contratación, serán beneficiario de ésta normativa los trabajadores con discapacidad desocupados que estén en condiciones de ingresar al mercado laboral competitivo. Mayores de 18 años, que no perciban ningún beneficio de la Seguridad Social. Deberán tener Certificado de Discapacidad Nacional o Provincial (Ley Nº 22.431 art. 3).

Características del Programa: los trabajadores con discapacidad recibirán la suma de $ 150 durante 9 meses, que el empleador podrá descontar del monto total de la remuneración a percibir. Del mismo modo, los empleadores tienen como opción la instrumentación de un período de inducción y reentrenamiento laboral, que se desarrolla durante el primer mes de trabajo. Asimismo, la decisión y su aplicación estará regulada acorde los beneficios impositivos nacionales y provinciales que se encuentran vigentes para la inserción laboral de trabajadores con discapacidad.
En cuanto a la recepción y evaluación correspondiente, las acciones estarán a cargo de las Gerencias de Empleo. La evaluación y administración las realiza la Unidad para Personas con Discapacidad y Grupos Vulnerables.

Para mayor información: edemichellis@trabajo.gov.ar -Tel: 4310-5878/5656.

sábado, 21 de noviembre de 2009

«Conclusiones del trabajo de los participantes reunidos en Talleres Temáticos » Deportes

Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Ley 26.378)

lras. Jornadas de Difusión y Seguimiento.
15 y 16 de Octubre de 2009. Buenos Aires, Argentina

«Conclusiones del trabajo de los participantes reunidos en Talleres Temáticos »
En este apartado, se incorporarán las conclusiones a las que arribaron, expuestas en el cierre de estas Primeras Jornadas.

CONCLUSIONES del TALLER sobre “DEPORTES”

1- Parciales o inexistentes medidas sobre el mejoramiento de accesibilidad
arquitectónica y mental
2- Soluciones propuestas: concientización desde escuelas primarias;
concientización más intensas en dependencias del Estado
3- Falta de información y difusión de temas para inclusión y discapacidad.
4- Falta de difusión de organismos existentes.
5- Comunicación mayor a través de los medios
6- Federalización de todo lo antedicho
7- Crear espacios donde se sociabilicen las experiencias de las personas con
discapacidad
8- Falta de cumplimiento de leyes vigentes
9- Penalizar su incumplimiento.

PROPUESTAS del TALLER sobre “DEPORTES”
De los dichos a los hechos hay grandes distancias
Una meta a alcanzar: UNA ARGENTINA ACCESIBLE PARA TODOS
Pensando la manera en que nuestra labor podría colaborar para asegurar, alentar y
promover el acceso y la participación a las act. Deportivas, recreativas, lúdicas, de
esparcimiento de las personas con discapacidad y que beneficios se nos gustaría que las
PCD alcancen en los próximos años. Se llego a las siguientes conclusiones e ideas:
1. Relevar los beneficios que las PCD encuentran en el deporte y los obstáculos
para la participación.
2. Empoderamiento de las PCD
3. Unir esfuerzos en buscar la solución, con amor, hacia las necesidades de cada
discapacidad reconociendo la dignidad de cada ser humano
4. Aportar inquietudes para la elaboración de proyectos de ley de resolución y
declaración
5. Libertad de elección sobre su destino sin que la discapacidad sea un límite en
sus decisiones.
6. Todos somos seres humanos, debemos tener los mismos derechos sin
discriminación-
7. Mayor oportunidad de inserción en la comunidad
8. Solidaridad, compromiso y participación
9. Igualdad de participación, mayor poder de decisión. Jerarquizar.
10. Generar actividades integradas en las organizaciones existentes, clubes,
asociaciones, etc. Nuevos ámbitos con el mismo fin.
11. Valoración en el status social.
12. Continuidad de políticas a largo plazo.
13. Asegurarse que en la zona en que vive en los lugares de esparcimiento no
existan barreras arquitectónicas

La convención, es además, una profunda articulación de tratados, por lo que puede
desempeñar un papel de enorme importancia al evaluar, unificar criterios, apoyar y
mejorar el proceso de relación del Estado con las personas con alguna discapacidad. En
el desempeño de dicho papel, este documento señala a los derechos humanos como
medio para un fin al instrumentar el análisis y actuación de la discapacidad con la
finalidad de concretar la instalación global de la promoción de las políticas públicas
desde acciones concretas de los gobiernos sobre los derechos humanos, las libertades,
la participación y la justicia social para las personas con alguna discapacidad. Es como
una nueva forma de redefinir las relaciones concretas entre un Estado parte-activo y las
personas con discapacidad, En estas relaciones, se encuentra la clave socio-comunal
como un punto de encuentro microcontextual, donde se articula la diversidad
poblacional, con la relevancia de sus necesidades, y el fortalecimiento de la complejidad
institucional dentro de un espacio territorial, para promover el derecho en todas las
personas a ser poseedoras de un presente y un destino potencialmente comunal, incluso
para aquellas que aún no han nacido.

Fuente: Conadis

jueves, 19 de noviembre de 2009

Última Jornada de Capacitación y Promoción de Derechos en el Ámbito de la Discapacidad

27 de noviembre. Modulo IV: “Aspectos judiciales de la Discapacidad”

El próximo viernes 27 de noviembre se realizará el último Módulo (de cuatro, del segundo semestre) sobre "Aspectos judiciales de la discapacidad". El acceso a la justicia de las personas con discapacidad. Beneficios sociales, asistenciales y prestacionales. Protección legal de las personas con discapacidad intelectual. Insania, inhabilitación, curatela. Vías administrativas y de excepción. Amparo.


Lugar de realización: Central de Trabajadores de la Argentina (CTA). Piedras 1065. Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


Inscripción Previa: (las vacantes son limitadas)
Para mayores informes dirigirse a: discapacidad-jornadas@cta.org.ar; teléfonos: 4307-1616/ 4307-3829 (Interno:117)
Las Jornadas cuentan con Lenguaje de Señas Y sugerimos indicar requerimientos específicos
Al finalizar la Capacitación se otorgarán certificados de asistencia-

Hacia una Constituyente Social

Arranca el encuentro en Neuquén

Cada uno cuenta su experiencia, su lugar de construcción, las expectativas que abriga para este encuentro en la tierra del Neuquén. Cada pedacito de Patria comienza a acercarse, a ser parte de este gran rompecabezas que empieza a ensamblarse, mostrando un nuevo diseño de la unidad del campo popular.

A partir de las 8 de la mañana de mañana viernes 20 de noviembre, "Día de la Soberanía", comenzarán a llegar a Butaco, predio donde sesionará el encuentro hacia la Constituyente, las distintas delegaciones de todo el país.

Por la tarde, el centro neuquino tendrá color y alegría. Desde las 18 horas se realizará frente a la catedral de Neuquén el acto de bienvenida y homenaje al Obispo Jaime de Nevares, “Don Jaime” como le decía la gente, primer Obispo de Neuquén, comprometido siempre con los trabajadores, con los pueblos originarios, con los derechos humanos, con los humildes.

Luego, los compañeros se trasladarán al predio de Butaco donde se presentará la película “Trashumantes”, film sobre la lucha de los crianceros neuquinos y la defensa de sus tierras.

El día sábado, a partir de las 9 horas y durante todo el día, 27 comisiones deliberarán la estrategia organizativa y la puesta en común de una nueva experiencia de poder popular.

Estas comisiones debatirán sobre cuatro temas centrales:

* Construcción de las asambleas distritales y la asamblea nacional de la Constituyente Social.

* Campañas Públicas (Distribución de la riqueza, Soberanía sobre nuestros recursos naturales; democracia e integración latinoamericana.

* Estrategia institucional.

* Pensamiento emancipatorio y proyecto constituyente.

Luego de todo el día de debate se realizará en el mismo predio a las 21 horas un Festival de música Folklórica neuquina.

El domingo 22, los asistentes al encuentro hacia una Constituyente Social en la Argentina se trasladarán al estadio Ruca Che, donde a partir de las 9 de la mañana se dará lectura a las conclusiones de las comisiones y se realizará el acto de cierre de esta acontecimiento que, a no dudarlo, será un salto cualitativo respecto al primer encuentro realizado en Jujuy en octubre del año pasado.

Cabe consignar, que desde las últimas horas de ayer y las primeras de hoy se encuentran en la ciudad de Neuquén algunos de los integrantes de la Coordinación Nacional de la Constituyente Social como Víctor De Gennaro, Horacio Fernández, Julio Fuentes, Juan Carlos Giuliani y Eduardo Balán, entre otros.

Fuente: www.ctaneuquen.org.ar

martes, 17 de noviembre de 2009

Una escuela olvidada

En la Escuela Nº 9 , ubicada en Larrazabal 420 del Barrio de Liniers, la comunidad escolar se convoca para denunciar el estado de abandono de la obra de instalación de un ascensor. Hace exactamente un año que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires comenzó las obras para remplazar el ascensor, que hace años reclama la comunidad educativa, para facilitar el acceso al edificio de los alumnos y las alumnas con dificultades motoras. Sin embargo, la alegría duró poco, porque la obra se paralizó sin que ninguna autoridad del G.C.B.A. explicara los motivos, dejando como recuerdo el inmenso hueco que demuestra el abandono de los funcionarios de educación y el riesgo potencial para la integridad física de los miembros de esa comunidad educativa. Frente a esta grave situación, y en clara señal de protesta y reclamo por la finalización de los trabajos, alumnos y alumnas, padres, directivos y docentes de la escuela del Distrito Escolar 20º decidieron festejar el cumpleaños del hueco del ascensor, al que se convocaron con todos los elementos para ese tipo de celebración (globos, piñatas, maracas, pitos y velas) "para iluminar a los funcionarios del G.C.B.A", afirmaron los padres.

Encuentro Nacional Pensamiento y Acción hacia la Unidad Popular

"VAMOS HACIA UN BICENTENARIO SIN HAMBRE, EL HAMBRE DISCAPACITA"

El 17 de noviembre de 2009


Este martes 17 de noviembre, desde las 15 horas, se presentó en la Casa de la Coordinación de la Constituyente Social el contenido que tendrá en Neuquén el Encuentro Nacional de Pensamientoy Acción para la Unidad Popular, con la presencia de dirigentes nacionales y provinciales, Madres de Plaza de Mayo, representantes del Movimiento Nacional de los Chicos del Pueblo y legisladores y diputados nacionales y provinciales.

Víctor De Gennaro, comenzó la presentación, con una “conferencia atípica” en la que presentó a la Coordinación Nacional compuesta por aproximadamente 680 organizaciones, y que desde julio de este año se viene juntando sistemáticamente.

“Vamos hacia el Bicentenario sin hambre” anunció De Gennaro, y agregó, “siempre vemos los avances y está bien que haya, hoy hay pibes que cobran algo y antes no. Hay dos millones y medio de pibes que antes no cobraban pero no queremos mezquindades. Además, cuando se usa la palabra universal hasta uno se entusiasma. Nosotros queremos que sea universal en serio y que sea de 300 pesos para que no exista más la inmoralidad del hambre en la Argentina” sentenció.

Esta es la primer conferencia de prensa que se realiza por parte de quiénes conforman la Coordinación Nacional y se invitó al recorrido y visita de los espacios de la Casa que funciona en Chacabuco 917.

Julio Fuentes, secretario adjunto de ATE Nacional, referente neuquino, contó los pormenores organizacionales del encuentro en el que se esperan a más de cuatro mil compañeros y compañeras de todo el país. “El encuentro arranca el día viernes a las seis de la tarde con una marcha frente a la Catedral, adónde descansan los restos de Jaime de Nevares, y vamos todos hacia el lugar adónde se va a desarrollar el encuentro, en carpas adónde vamos a dormir, adónde vamos a debatir, para culminar en el Estadio más grande que hay en la provincia, con la participación de vecinas y vecinos de toda la provincia que quieran participar”.

De Gennaro continuó anunciando que habrá representación de las 23 provincias y de la Ciudad de Buenos Aires, “y más de 800 organizaciones que debatiran los ejes y las herramientas hacia los encuentros y la Asamblea Nacional”.

Se encontraban presentes los legisladores electos Fabio Basteiro, Liliana Parada, Jorge Cardelli, el diputado Claudio Lozano y la diputada electa por Nuevo Encuentro Graciela Iturraspe, además de dirigentes provinciales y nacionales de la Central de Trabajadores de la Argentina.

COMISION EN DEFENSA DE LA ESCUELA PUBLICA DELDISTRITO ESCOLAR 20

La COMUNIDAD DE LA ESCUELA Nº 9 DEL D.E. 20º DELBARRIO DE LINIERS PROTESTARÁ EL PRÓXIMO MARTES CANTÁNDOLE EL ?FELIZCUMPLEAÑOS? AL ?HUECO DEL ASCENSOR? ABANDONADO DESDE HACEUN AÑO EN EL ESTABLECIMIENTO.

UN HUECO DE ASCENSOR PONE EN PELIGRO LA SEGURIDAD DE NUESTROS HIJOS

EL PRÓXIMO MARTES 17 DE NOVIEMBRE A LAS 18:30 HS. EN LA ESCUELA Nº 9 D.E. 20, UBICADA EN LARRAZABAL 420 DEL BARRIO DE LINIERS, LA COMUNIDAD ESCOLAR SE CONVOCARÁ PARA DENUNCIAR EL ESTADO DE ABANDONO DE LA OBRA DE INSTALACIÓN DE UN ASCENSOR. HACE EXACTAMENTE UN AÑO EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES COMENZÓ LAS OBRAS PARA EMPLAZAR EL ASCENSOR, -RECLAMADAS DESDE HACE AÑOS POR LA COMUNIDAD EDUCATIVA A FIN DE POSIBILITAR EL ACCESO AL EDIFICIO ESCOLAR DE LOS / AS ALUMNOS / AS CON DIFICULTADES MOTORAS- CONSTRUYENDO UN HUECO DE MÁS DE 6 METROS DE PROFUNDIDAD. SIN EMBARGO LA ALEGRÍA DURÓ POCO, PORQUE LA OBRA SE PARALIZÓ SIN QUE NINGUNA AUTORIDAD DEL G.C.B.A. EXPLICARA LOS MOTIVOS, DEJÁNDONOS COMO ?RECUERDO?EL INMENSO HUECO QUE TESTIMONIA EL ABANDONO DE LOS FUNCIONARIOS DE EDUCACIÓN Y EL RIESGO POTENCIAL PARA LA INTEGRIDAD FÍSICA DE LOS MIEMBROS DE ESTA COMUNIDAD EDUCATIVA.

FRENTE A ESTA GRAVE SITUACIÓN, Y EN CLARA SEÑAL DE PROTESTA Y RECLAMO POR LAFINALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS, ALUMNOS / AS, PADRES,DIRECTIVOS Y DOCENTES DE LAS ESCUELAS DEL DISTRITOS ESCOLAR20º HEMOS DECIDIDO ?FESTEJAR? EL CUMPLEAÑOS DEL HUECO DELASCENSOR, PARA LO CUAL NOS CONVOCAREMOS CON TODOS LOSELEMENTOS PARA ESE TIPO DE ?CELEBRACIÓN? (GLOBOS, PIÑATAS,MARACAS, PITOS Y VELAS PARA ?ILUMINAR? A LOS FUNCIONARIOSDEL G.C.B.A.) Y ESTAREMOS ACOMPAÑADOS POR LA MURGA DEL BARRIO.

SE AGRADECE SU DIFUSIÓN

lunes, 16 de noviembre de 2009

Últimos Decretos sobre asignaciones Familiares

Links a últimos Decretos sobre asignaciones Familiares:

Decreto Nº 1729/09: (12/11/2009) ASIGNACIONES FAMILIARES Incremento de valores de las Asignaciones Familiares por prenatal, hijo y por hijo con discapacidad
http://www.solesdebuenosaires.org.ar/Leyes/Dec%201729-09%20Asignaciones%20Fam.html

Decreto Nº 1602/09: (29/10/2009) - ASIGNACIONES FAMILIARES - Incorpora el SUBSISTEMA NO CONTRIBUTIVO DE ASIGNACIÓN UNIVERSAL POR HIJO para Protección Social.
http://www.solesdebuenosaires.org.ar/Leyes/Dec%201602-09-Asignacion-universal.html

Discapacitados: 75% no tienen empleo

Según el INDEC, en el país la mayoría de este sector es pobre y 10 mil participan en ONGS

En el país existen unas 2,2 millones de personas con discapacidad, según las últimas cifras del Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec), y de ellas la mayoría vive bajo la línea de la pobreza, mientras que cerca del 75 por ciento está desempleada.

Para modificar esta realidad, Organizaciones no Gubernamentales (ONG) e instituciones privadas pusieron en marcha diversas iniciativas que promueven el desarrollo e integración de este grupo humano y la concientización social sobre sus derechos y obligaciones.

Una de las experiencias más difundidas son los llamados "Talleres Protegidos" que ofrecen un espacio de contención, la posibilidad de tener un ingreso económico y el aprendizaje de distintas actividades y oficios.

"Trabajan en el emprendimiento 20 jóvenes y adultos con discapacidad intelectual, con el apoyo de un equipo
técnico-profesional", explica María Rosa Pieras, directora de Alpad.

Este taller ofrece servicios de packaging y mailing para empresas y, según comenta la mujer, tienen muchos pedidos de trabajos.

Los talleres protegidos son entidades estatales o privadas "bajo dependencia de asociaciones con personería jurídica y reconocidas como de bien público, que tenga por finalidad la producción de bienes y/o servicios, cuya planta esté integrada por trabajadores discapacitados físicos y/o mentales, preparados y entrenados para el trabajo, en edad laboral", según establece la Ley 22.431.

Distintos son los talleres protegidos terapéuticos, que no producen bienes o servicios para el mercado, como los de
rehabilitación en salud mental que dependen del Gobierno de la ciudad de Buenos Aires.

La Asociación Civil-Granja Andar también cuenta con uno de estos espacios con fines productivos, en la localidad bonaerense de Moreno.

El representante legal de la entidad, Raúl Lucero, explica: "Desarrollamos emprendimientos relacionados con la gastronomía. Tenemos una panadería y un servicio de catering".

En el espacio de Andar participan 65 jóvenes y adultos, con distintos tipos de discapacidad.

Un total de 500 kilos de pan y 10 mil facturas por día; medio millar de prepizzas y 80 kilos de pan rallado por semana son los números que pintan lo producido por la gente del taller.

"Hoy por hoy, le vendemos nuestros productos a 50 escuelas de Moreno. Todos los días a las 6 sale un vehículo nuestro con los pedidos", cuenta Lucero.

El servicio de catering también marcha sobre ruedas: Elaboran 30 viandas diarias para los paramédicos residentes en
tres salas comunitarias de la zona. Y además preparan y sirven desayunos, coffe-breaks y almuerzos.

La Federación de Talleres Protegidos (Fetap) es la institución que los agrupa en la provincia de Buenos Aires.
Tienen unos 60 afiliados, aunque se estiman en unos 230 los centros existentes en el territorio provincial. Lucero también es el presidente de Fetap.

"La ley sobre los talleres protegidos nunca tuvo reglamentado el artículo sobre el financiamiento. Nosotros presentamos un proyecto de reglamentación, que se encuentra ahora en el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación", explica.

En esa iniciativa, se propone que quienes trabajan en estos espacios reciban una contraprestación cercana al salario mínimo, vital y móvil: unos 1200 pesos, solventados en parte por la OSC y en parte por el Estado, y que éste se haga cargo de los aportes sociales.

Hoy, la legislación no contempla como trabajadores a quienes participan de los talleres.

Se calcula que existen entre 350 y 400 talleres protegidos de producción en todo el país.

Hay un beneficio intangible para quienes asisten a estos espacios: El aprendizaje de oficios y la mejora de la autoestima.

Y, por supuesto, la posibilidad de generar un pequeño ingreso que, con ese dinero en su poder, cambian su mirada del mundo que los segrega, discrimina y excluye.

40 ejemplos de voluntad y coraje
Son unos cuarenta jóvenes y adultos de la zona oeste del conurbano bonaerense que se levantan temprano para ir a trabajar: algunos fabrican desde pequeños servilleteros hasta muebles, otros fraccionan bolsas para residuos, confeccionan trapos de piso, envasan grampas de metal o realizan pedidos para terceros.

Pero a diferencia de lo que ocurre con la mayoría de los empleados, ellos tienen diferentes tipos de discapacidad que no representaron obstáculo alguno para su crecimiento personal y su formación profesional.

Desde hace más de 30 años, la Asociación de Padres y Amigos para la capacitación e integración del Diferenciado (Apacid) lleva adelante el Taller Protegido, una iniciativa que surgió ante la necesidad de brindarle a sus hijos "las herramientas necesarias para que a través del trabajo, los equipos y la recreación puedan fortalecer su autoestima y autonomía personal", explicó Mabel Ilincheta, miembro de la comisión directiva de la entidad.

Así, habilitaron diversos espacios para que las personas con discapacidad puedan fabricar muebles, artesanías, bolsas de polietileno, trapos de piso, escobillones y cepillos, entre otros elementos.

También, ofrecen servicios tales como armado de juguetes, envasado de grampas, entre otros. "De lunes a viernes de 8 a 16 concurren a encontrarse con sus compañeros, sus amigos, sus proyectos, su derecho a trabajar y vivir realizando actividades físicas, sociales y recreativas", puntualizó Ilincheta al referirse a los protagonistas de esta iniciativa de integración.

Ocurre que a la par de esta actividad laboral, los integrantes de Apacid también participan de diferentes iniciativas de
recreación y de rehabilitación. La idea es desarrollar al máximo el potencial de cada uno de los participantes y lograr que ellos puedan adquirir hábitos sociales, para así integrarse al medio y evitar el aislamiento en el seno de la comunidad.

"Nosotros apuntamos a cambiar el paradigma; a erradicar la mirada negativa que se tiene de las personas con discapacidad para generar acciones que posibiliten potenciar sus capacidades y formar trabajadores, en lugar de convertirse en personas marginadas por la sociedad", sostuvo Ilincheta.

Convocatoria del Diputado Claudio Morgado

Estimados/as directivos/as de Organizaciones para personas con Discapacidad.
Los convocamos a reunirnos el dia 27 de noviembre a las 15 hs. en la Honorable Camara de Diputados de la Nacion. Oficinas del anexo Riobamba 25. (esq, Rivadavia).

En la misma expondremos la tarea desarrollada en estos dos años de gestion en la Comision de Discapacidad.

Sin otro particular y esperando contar con su presencia los saluda cordialmente

Acto Conmemorativo del Día Internacional de las Personas con Discapacidad

Por la presente invitamos a todas las instituciones, padres, familiares y amigos a participar del acto organizado por el Foro Pro - comprometido en la Promoción y la Defensa de los Derechos de las Personas con Discapacidad - en conmemoración del “Día Internacional de las Personas con Discapacidad” que se llevará a cabo el día 3 de Diciembre en la Plaza de Mayo en el horario de 10:30 a 13:30 hs.

La participación de las instituciones se realizará mediante la colocación de stands para la muestra de trabajos, que se suelen llevar a cabo en las diversas organizaciones y el encuentro con la sociedad, será la manera de llamar la atención sobre la situación de exclusión y discriminación que viven las personas con discapacidad y sus familias y comprometer a quienes tienen en sus manos implementar las políticas activas que den solución a estas carencias.

Ese día contaremos con baños químicos y las instituciones deberán registrarse a su llegada en la carpa de organización. La colocación de los stands se realizará a partir de las 9:30 hs. Recomendamos a las instrucciones que lleven viandas, bebidas y elementos para resguardarse del sol.

Para poder programar y coordinar todas las actividades es necesario que, a la mayor brevedad y considerando como fecha tope el día Lunes 23 de noviembre, nos confirmen la participación completando los siguientes ítems:

Institución:..........................................................................................................................................................

Stand:........................................
Dimensiones aproximadas:......................................................................

Talleres en el Stand:
.........................................................................................................................................

(Los materiales para el armado de los stands corren por cuenta de cada institución)
Esta información debe remitirse a Aiepesa: Vía Fax al 4382-7803/7848
Por e-mail a: aiepesa@hotmail.com

Atentamente,

Pbro. Pablo Molero
Coordinador

Firma de Convenio

El pasado 22 de octubre, la Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas Discapacitadas, por intermedio de su Presidenta, la Lic. Raquel Tiramonti, firmó un convenio marco sobre el Plan Nacional de Accesibilidad con el Sr. Ministro de Desarrollo Social de la provincia de Neuquén, Dr. César Omar Pérez.

El acuerdo permitirá desarrollar e implementar diversas acciones con la provincia y los municipios que la conforman.

Fuente: Conadis

Tigre: Lanzan Cooperativa Formada por Personas con Discapacidad Visual

VET” es la sigla de la Cooperativa de No Videntes, “Visión Ecológica de Tigre”, que se inauguró recientemente en un local de Benavídez.

Los integrantes de la Cooperativa ante la nutrida concurrencia presentaron su nueva Organización y sus primeros dos “Proyectos Productivos”.

Entre los presentes se encontraban la Directora Nacional de Niñez, Marisa Grahan, Cecilia Salcedo del Plan Nacional de Acción, Gonzalo Castillo, responsable de la Dirección de Discapacidad del Municipio, el Secretario General de la CTA Tigre, Esteban Paganini, y la prensa local.

Asimismo, y previa a la apertura de esta cooperativa, se realizó una investigación: “La discapacidad visual y su vinculación con el empleo formal en el Partido de Tigre”, de la cual se derivaron diversas conclusiones (ver artículo completo).
Los “Proyectos Productivos” presentados fueron: “Cubiertos descartables a base de polietileno virgen” y “Bolsas para compras”.

Fuente: Conadis

Conclusiones del trabajo de los participantes reunidos en Talleres Temáticos » Educación

Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Ley 26.378)

lras. Jornadas de Difusión y Seguimiento.
15 y 16 de Octubre de 2009. Buenos Aires, Argentina

«Conclusiones del trabajo de los participantes reunidos en Talleres Temáticos »
En este apartado, se incorporarán las conclusiones a las que arribaron, expuestas en el cierre de estas Primeras Jornadas.

Bajar las conclusiones

Fuente: Conadis

http://hfnoticias.com.ar/noticia/index/167/2805

jueves, 12 de noviembre de 2009

VETO A LA LEY 3230: NO a la prórroga del cumplimiento del cupo laboral para Personas con Discapacidad en la Ciudad de Buenos Aires

PEDIDO DE VETO A LA LEY 3.230
Buenos Aires, 9 de noviembre de 2009


Señor
Jefe de Gobierno
Ing. Mauricio Macri
S. / D.

De nuestra consideración:

Los que firmamos al pie, personas con discapacidad, organizaciones de y para personas con discapacidad y miembros de la sociedad, solicitamos que vete la ley 3230.

Fundamos nuestro pedido en que el 15 de octubre de 2009 la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó la ley 3230 cuyo contenido principalmente establece una prórroga de 1 año del cumplimiento del mandato constitucional contenido en el artículo 43 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que establece que el 5% de los empleados del gobierno de la ciudad de Buenos Aires y de las empresas concesionarias de servicios públicos deben ser personas con discapacidad, en concordancia con lo dispuesto por el art. 75, inc. 22 de la Constitución Nacional.

Para comprender la gravedad del acto de la legislatura corresponde poner en perspectiva la obligación del estado en relación a su contexto social, político y económico, así como su fundamentación legal.

La obligación dispuesta en el artículo 43 deriva del artículo 75 inciso 23 de la Constitución Nacional el cual establece que a los efectos de promover la igualdad real de oportunidades deberán establecerse medidas de acción afirmativa que equiparen las facultades de ejercicio real de derechos de las personas con discapacidad.

La disposición del artículo 43 es operativa (es decir, es exigible) en los términos del artículo 10 de la constitución local desde la aprobación de la constitución de la Ciudad que data del 1º de octubre de 1996.

El derecho constitucional al cupo que las personas con discapacidad gozan desde hace 13 años sigue incumplido pese a haber sido reglamentada en 2004 por la ley 1502 y, a su vez ésta ultima por el decreto 812/05, dando 5 años para incorporar personal con discapacidad de manera progresiva y así alcanzar su cumplimiento.

Los sucesivos gobiernos desoyeron la manda constitucional y nunca alcanzaron el cupo establecido.

Lo aprobado por la legislatura implica una violación flagrante del derecho adquirido por las personas con discapacidad a acceder a un puesto de trabajo y evidencia un profundo desconocimiento de la temática de discapacidad y empleo.

Al respecto cabe señalar lo siguiente:

(i) las personas con discapacidad pertenecemos a un grupo social cuyo desempleo es superior al 90%;

(ii) la causa de ese desempleo se centra en el hecho de que las personas con discapacidad somos consideradas improductivas;

(iii) que la estigmatización de improductividad de nuestro colectivo es el resultado de una ideología de la normalidad que atribuye la calidad de persona a quienes son funcionales al modelo vigente de producción el cual pregona que quien tiene mayor capacidad de generar riqueza es quien más se ajusta a los estándares de normalidad económico-social, lo cual determina su inclusión social;

(iv) que frente a este modelo económico sólo la realidad puede imponerse como un contrargumento al constructo social;

(v) que para crear ese contrargumento es preciso generar mediante una acción de discriminación positiva el espacio que lo facilite;

(vi) la medida adoptada por los constituyentes fue la del cupo laboral;

(vii) el cupo laboral es una medida de imposición para vencer un constructo social hostil y que la laxitud en su aplicación desarticula la eficacia de la medida;

(viii) la legislatura desconoce el derecho al cupo laboral de personas con discapacidad pero acepta sin discusión el derecho al cupo electoral de mujeres dispuesto por el artículo 36 de Constitución local, lo que implica un trato discriminatorio al grupo de personas con discapacidad;

(ix) la inclusión laboral en el sector privado de personas con discapacidad es hoy por hoy una meta y no refleja ninguna realidad y no es una opción para abandonar políticas de acción afirmativa;

(x) dadas las condiciones de exclusión social históricamente vividas por las personas con discapacidad privadas de educación y condiciones mínimas de autonomía personal, es posible que cierto número no cuente con las mismas herramientas para competir por un puesto de trabajo en el mercado laboral; y

(xi) prorrogar el cupo laboral en estas circunstancias es derogar en los hechos la manda constitucional y así, promover la exclusión social del grupo de personas con discapacidad castigando doblemente al grupo: 1º habiéndolo privado de educación y formación profesional y 2º, por esa causa, expulsándolo del mercado de trabajo.

Por todo lo anterior, el voto de la legislatura es profundamente pernicioso para las personas con discapacidad, así como ilegal y arbitrario.

En los últimos tiempos se viene promoviendo el argumento de que el cupo laboral no "funcionó" en ningún lugar del mundo.

Este argumento es un argumento falso puesto que el efecto esperado donde se aplicó este tipo de política fue alcanzado en todos los casos: (a) se redujo la hostilidad hacia la incorporación de personas con discapacidad en el sector público, (b) se visibilizó la capacidad laboral de las personas con discapacidad, (c) se garantizó el derecho al trabajo de miles de personas y (d) se redujo parcialmente el desempleo dentro del grupo, entre otras cuestiones.

Si el cupo laboral no igualó en otros países las tasas de desempleo entre personas con y sin discapacidad, esto es porque las circunstancias estructurales exceden a la aplicación de estas medidas y se encuentran socialmente muy arraigadas. Lo cual, no invalida la medida y sólo pone en evidencia su insuficiencia y la resistencia social. En los pocos países donde se intentó aplicar el cupo por mayor nivel de concienciación sobre su necesidad, siempre se enfrentaron cuestiones de índole político-gremial que encontraban en la implementación del cupo un obstáculo para alimentar el clientelismo partidario, de lo que nuestro país no está exento.

Sin otro particular, nos despedimos con nuestra consideración más distinguida esperando que acceda a nuestras demandas.

http://www.petitiononline.com/cupo/

miércoles, 11 de noviembre de 2009

INSTRUCTIVO ASIGNACIONES FAMILIARES


Cacerolazo en todas las terminales de micros del país

El certificado de discapacidad previsto por la Ley N° 22.431 y su modificatoria, la Ley N° 25.504, es el documento válido para acceder al derecho de gratuidad para viajar en los distintos tipos de transporte colectivo terrestre, sometidos a contralor de la autoridad nacional, de corta, media y larga distancia, según lo establece la Ley N° 25.635.

Esto no se cumple por muchas empresas, aluden la falta asientos, ponen horario de atención específicos, entre otras irregularidades.

Pero en algunos casos, hay una empresa que consiguió una resolución judicial en 1ª, 2ª y cámara, en la que los jueces la habilitan a NO trasladar discapacitados.


Falta de accesibilidad al transporte:

Por todo esto es que hemos decidido realizar un cacerolazo en todas las terminales de micros del país para que los jueces, las empresas y la comunidad sepan que somos humanos y que tenemos derechos. Ese cacerolazo lo haremos el día jueves 12 de Noviembre a las 12 hs.


Tengan a bien difundir esta información.

Lic. Graciela S. Gesto

GACETILLA DE PRENSA PARA EL TRABAJADOR DISCAPACITADO

«Conclusiones del trabajo de los participantes reunidos en Talleres Temáticos » Trabajo

Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Ley 26.378)

lras. Jornadas de Difusión y Seguimiento.
15 y 16 de Octubre de 2009. Buenos Aires, Argentina

«Conclusiones del trabajo de los participantes reunidos en Talleres Temáticos »
En este apartado, se incorporarán las conclusiones a las que arribaron, expuestas en el cierre de estas Primeras Jornadas.

CONCLUSIONES del TALLER sobre "TRABAJO y EMPLEO"

En este taller tuvimos la posibilidad de encontrarnos con distinguidas personas que
se abocan a la tarea de inclusión laboral de personas con discapacidad en el ámbito de la
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL (APN), en ONG/s y en otras jurisdicciones
nacionales como provinciales.

Entre ellas, la Diputada Nacional Carmen ROMÁN (que leyera su proyecto de Ley
modificatorio de la vigente); veedores de la CoNADis en los procesos de selección para el
ingreso en la planta permanente de la APN; representantes del Mrio. de TRABAJO Y
EMPLEO PÚBLICO, que están instrumentando acciones de inclusión laboral que -a fines
de este año- elevarán el porcentaje de ocupación casi al 2% (tres años atrás era menor);
representante de la ARMADA ARGENTINA; representante de la ANSES, que nos
informara sobre el Programa de Inclusión "PILA"; representante del SENADO DE LA
NACIÓN, que nos informara sobre el programa de pasantías; PREFECTURA
ARGENTINA y otros; además de representante de la SECRETARÍA DE LA GESTIÓN
PÚBLICA y muchas dependencias del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Con respecto al Artículo 27 de la CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE
LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCPACIDAD, los participantes del taller
nos hemos abocado a profundizar sobre todo al inciso "g" donde la Convención estipula
"Emplear a personas con discapacidad en el sector público".
En este sentido, se ha verificado que la normativa vigente en nuestro país, previa a
esta Convención Internacional, a través de la Ley 22.431 aprobada en 1981, ya establece
esta obligación al ESTADO NACIONAL, que incluso a través de sucesivas
modificaciones, establece un cupo mínimo de obligación de inclusión laboral del 4% de su
personal, tanto para las plantas permanentes como para cualquier tipo de relación
contractual.

Lamentablemente ese porcentaje mínimo no se cumple (incluso en los dos últimos
años ha decaído) y la prioridad de ingreso a igualdad de mérito resulta un mecanismo
insuficiente para la real inclusión de personas con discapacidad.
Hay experiencias ricas en Programas de Inclusión Laboral, como los realizados por
la ANSES, ARMADA ARGENTINA, Mrio. de TRABAJO y PREFECTURA, basados en
la reserva de puestos para ser exclusivamente ocupados por personas con discapacidad,
mecanismo previsto también por la normativa vigente.

Qué esperamos de la Convención Internacional?
1.- Que nuestro país, como Estado Firmante, cumpla lo previsto por este Artículo
sobre Trabajo y Empleo.
2.- Que la Convención Internacional sea difundida en todos los ámbitos de la
sociedad, dado que es un tema complejo que afecta a todos los actores del mundo
económico y social.
3.- Que para el proceso de inclusión laboral resulta importante la formación
profesional de las personas con discapacidad.
4.- Para que se efectivice la incorporación laboral se requiere la intervención de
múltiples actores destacando al ESTADO NACIONAL, al SECTOR PRIVADO y a los
SINDICATOS.
En referencia a la consideración propuesta por el Eje Transversal sobre la
participación en la vida política y pública (considerado en el Artículo 29 de la Convención
Internacional), este taller considera que esta participación se relaciona directamente con que
las personas con discapacidad accedan al mundo del trabajo como requisito previo para
cualquier tipo de participación ciudadana.
PROPUESTAS del TALLER sobre "TRABAJO y EMPLEO"
1) Que en el SENADO DE LA NACION se CREE la Comisión de Discapacidad con
el fin de abordar la satisfacción de los derechos específicos de las Personas con
Discapacidad.
2) Que la CONADIS solicite al Sr. Jefe de GABINETE de MINISTROS que inste y
requiera a los Organismos de la APN el cumplimiento de los cupos laborales
estipulados por la Ley. De igual modo lo haga respecto con el Presidente de la
Suprema Corte y los Presidentes de las Cámaras de Diputados y Senadores de la
Nación.
3) Fortalecer las relaciones entre las ONG`s, las OG y los Tres Poderes del Gobierno
para generar una mayor sinergia .
4) Que se difunda el mecanismo de inclusión laboral que se instrumenta a través de
Programas de Inserción socio-laboral, y que éstos contemplen los temas de
Accesibilidad, Capacitación e Igualación de oportunidades para su mejor
implementación.
5) Creación de un FORO de seguimiento del art. 27 de la Convención.
6) Que la CONADIS realice un estudio sobre la creación de un Programa para
financiar ajustes razonables requeridos en el art 27 inciso i. Que al efecto genere
sinergias con los Institutos de Investigación Aplicada (INTI, CONICET, CEIL)
7) Que se difundan las buenas practicas que Organismos públicos realizan en cuanto a
la Inserción socio-laboral para que sirvan de ejemplo a otros Organismos.

Fuente: Conadis

martes, 10 de noviembre de 2009

Ley de Cupo Laboral - La prorroga de los sinverguenzas



Carlos Ferreres
Director del Departamento de Discapacidad de la CTA

Hace pocos días la Legislatura porteña votó la Ley 3230/09 que prorroga la aplicación de la ley del cupo de 5% para trabajadores con discapacidad desocupados.



Esto constituye un cachetazo a miles de compañeros inscriptos en el registro de aspirantes y a otros miles y miles que ignoran ese derecho o que no pueden llegar hasta el registro. Agrede además a los que todavía no pudieron acceder al certificado de discapacidad.
Es una medida brutal porque posterga a uno de los los colectivos más necesitados y relegados por el sistema que exige políticas públicas activas. Pero como se ve, en vez de garantizar sus derechos, se lo prorroga.
Esta medida tiene tufo a corporación política sobreviviente y trasvestida del 2001. Repudiamos a quienes la impulsaron y a quienes votaron a favor, que fueron gobierno u oposición en los últimos años en la Capital Federal.
Da bronca que los autoproclamados “progres” o de centroizquierda que dicen representar al pueblo, hayan votado alegremente junto a la derecha más recalcitrante esta medida proscriptiva con los discapacitados.
Estaban concientes de lo que hacían. Sabían lo falaz de los argumentos esgrimidos y la carencia ética y moral del proyecto que sigue castigando a la población de trabajadores discapacitados.
Hay que ser claros: No es contra los discapacitados especialmente. Esta ley se enmarca en una política de ajuste que se comprueba en el Presupuesto 2010 presentado por el Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Estos diputados le dieron el voto a Macri en muchas leyes turbias. La corporación vende, alquila, permuta sus votos.
Nuestra Central porteña marchó el día 5 de noviembre para reclamar y expresar que no puede haber un presupuesto construido en una ciudad para todos, cuando lo que el Gobierno de la ciudad manda es un presupuesto para pocos, un presupuesto restringido a los planes sociales, a los planes de vivienda, a lo que hace a la salud, la niñez y la educación.
Tenemos distintas prioridades con el Jefe de Gobierno y con todo su gabinete. Para la CTA y para el pueblo de esta ciudad, las prioridades son educación, vivienda, salud y trabajo. Allí es donde este gobierno golpea con mayor violencia y descarga todo su prepotencia y presume que nos vamos a quedar con los brazos cruzados. Este proyecto de ciudad necesita cómplices dentro de la Legislatura. Y están aquellos que hacen discursos progresistas, que dicen tener un compromiso con la ciudad, pero que les vienen votando las leyes a Macri sin chistar.
A esta ley nosotros la vemos desde una perspectiva política. Estamos en un sistema en cuya matriz está la exclusión, la expulsión hacia los márgenes de la sociedad de aquellos a los que se considera no productivos. Es decir, los viejos, los niños, las personas con discapacidad, los migrantes, entre otros. A los que les quebrantaron la salud por superexplotación, por las condiciones laborales o porque manipulan agrotóxicos.
En consecuencia entendemos que esta lucha debe llevarse adelante junto al resto de la clase trabajadora y de las organizaciones sociales.
Debemos mostrarnos y robustecer el espacio que la CTA abrió hace años para trazar una política de la problemática de discapacidad, con el objetivo de accionar por los derechos de los trabajadores discapacitados, cualquiera sea su condición laboral (contratado, precarizado) junto al resto de la clase. Y convocar y articular con las ongs. tradicionales de discapacidad.
Por supuesto que éste es un tema gravitante para plantearlo en la Constituyente Social, donde la CTA junto con otros actores sociales, culturales y políticos incorporamos problemáticas que no están en la agenda de los políticos que gobiernan, en el entendimiento de que el camino hacia la Constituyente Social es una acción estratégica dirigida a construir un nuevo Movimiento Político, Social y Cultural de Liberación, que sea capaz de resolver la desigualdad, la pobreza y la soberanía, recuperando la Argentina para los argentinos.
En suma, después de la insólita decisión de la Legislatura respecto a no resolver la responsabilidad del Estado en la contratación de trabajadores con discapacidad, exigimos -aquí y ahora- el veto del Jefe de Gobierno porteño a esta ley vergonzoza.




lunes, 9 de noviembre de 2009

Grupo Arturo Jauretche CTA

Asignación universal igual derecho a la niñez

El pago de la nueva asignación por hijo universal es automático
Buenos Aires, 05 de noviembre de 2009
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), informa que en relación a la nueva Asignación por Hijo Universal para Protección Social, el pago es AUTOMÁTICO y los potenciales beneficiarios no deberán acercarse a las delegaciones de ANSES para realizar ningún tipo de trámite.Se trata de aquellas personas con hijos menores de 18 años o discapacitados, que alguna vez trabajaron en blanco y hoy están desempleadas o estén trabajando en el mercado informal, o se encuentran percibiendo Planes sociales como el Plan Familias y el Plan Jefas y Jefes.Todas estas personas NO DEBEN ACERCARSE A LAS DELEGACIONES DE ANSES PORQUE EL PAGO SERÁ AUTOMÁTICO A PARTIR DE DICIEMBRE.ANSES tiene en sus registros a un gran porcentaje de las personas que cuentan con todos los requisitos para acceder a la nueva asignación. El organismo ya está liquidando automáticamente a todas aquellas personas que se encuentran en las bases de ANSES y del Ministerio de Desarrollo Social para que cobren a partir del 1º de diciembre. A partir del LUNES PRÓXIMO, las personas podrán verificar si están registradas en las bases de datos en:
www.anses.gob.ar.
Número telefónico gratuito 130.
CIC, Centros de Integración Comunitaria dependientes del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.
Oficinas de Empleo locales del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Enviando mensaje de texto al 26737 con la palabra “hijos”, luego dejando un espacio, y agregando el número de DNI del padre/madre, luego otro espacio, y después la letra M o F según sea del sexo masculino o femenino. El sistema le informará cuántos hijos tiene registrados. Si no están registrados, deberán acercarse a los lugares habilitados.
Un ejemplo de cómo debe ser enviado el mensaje de texto:hijos 21444555 f (si el que envía el mensaje es la madre)hijos 21444555 M (si el que envía el mensaje es el padre)
Aquellas personas que NO ESTÁN REGISTRADAS deberán presentarse en las oficinas mencionas con el DNI de cada uno de los integrantes del grupo familiar y las partidas de nacimiento de cada hijo.
SIN ESTA DOCUMENTACIÓN NO PODRÁN REALIZAR EL TRÁMITE
ANSES garantiza a TODAS las personas habilitadas para cobrar la Asignación por Hijo Universal que podrán hacerlo sin inconvenientes a partir del 1º de diciembre.
En qué consiste la Asignación por Hijo Los pagos comenzarán a realizarse a partir del 1° de diciembre y consistirá en una suma mensual de 180 pesos por hijo.Abarca a aquellos niños y adolescentes que no perciban otra asignación y pertenezcan a grupos familiares desocupados o que se desempeñen en la actividad informal y ganen menos del salario mínimo, vital y móvil.El límite de edad para percibir dicha asignación será de 18 años, mientras que para los hijos discapacitados no hay tope de edad, tal cual rige hoy para las asignaciones familiares que abona ANSES.Hasta los cuatro años, deberá cumplirse el control sanitario y el plan de vacunación obligatoria, y a partir de los 5 años, adicionalmente, deberá acreditarse la concurrencia a establecimientos educativos públicos.ANSES abonará mensualmente el 80% de la asignación y el 20% restante, cuando se presente la documentación que corrobore la finalización del ciclo lectivo anterior.

Una empresa de locales de ropa deportiva deberá indemnizar a un cliente no vidente

Un local deberá pagarle a una persona ciega que no pudo comprar En un fallo inédito, la Justicia consideró esto un acto discriminatorio ycondenó a la cadena Dexter Shop a pagarle algo más de $50.000 a HéctorSuárez, quien también había iniciado una demanda en el INADI, que dos añosatrás le dio la razón. Suárez contó que el 11 de julio de 2004 fue acomprar un par de zapatillas al shopping Plaza Oeste, de Morón. Como notenía crédito en su tarjeta pidió un préstamo personal en el negocio.Luego de negárselo en un principio por su discapacidad, la empresafinalmente accedió a darle el préstamo, pero con la condición de quepresentase dos testigos. "Cada vez que salgo de compras lo hagoacompañado. Pero me pedían una persona más con el argumento de que era pormi seguridad. Era la empresa la que tenía que presentar testigos. Mecondicionaban aún más", cuenta Suárez (49 años, de Villa Tesei), queempezó a perder la visión a los 25 años por una retinosis pigmentaria."En el caso de no videntes, la sentencia es inédita y resalta los derechoshumanos, condenando a quien vulnera la dignidad y enseñando que todossomos iguales ante la ley. De hecho, Suárez ahora podrá comprarse laszapatillas que tanto quería. Sin testigos, a sola firma y en exactaigualdad con sus semejantes", opinó el abogado defensor, Gregorio Dalbón.Suárez se sintió aliviado con el fallo: "No reniego de mi condición, sémis limitaciones pero también conozco mis derechos. He vuelto a Dexter.Son ellos los que tienen que entender que todos tenemos el mismo derecho.Por más plata que tengamos. Veamos o no".Fuente: Gaceta Judicial

viernes, 30 de octubre de 2009

HF NOTICIAS

HERRAMIENTA DE COMUNICACION SOCIAL

Este espacio pretende ser una herramienta de comunicación para todas y todos aquellos que generan hechos a lo largo del país en esta lucha por generar igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad.La comunicación es un intercambio, un diálogo en dos o múltiples sentidos, donde no hay solamente un polo generador de mensajes de información, como sucede en el periodismo. No es lo mismo información que comunicación.Este es nuestro objetivo: intercambio de experiencias, saberes, estrategias para el cambio, etc., en fin: comunicar para transformar.

Contacto: hugofiamberti@arnet.com.ar

http://hfnoticias.com.ar/boletin

viernes, 16 de octubre de 2009

Jornadas de capacitacion Discapacidad


Jornada 23


Estimados compañeros y compañeras: Les escribimos para recordarles que el próximo viernes 23, en el horario habitual de 9.30 a 17 hs, estaremos llevando a cabo el Módulo III: Salud y Discapacidad. Aprovechamos a enviarles las conclusiones de la jornada anterior de Educación y Discapacidad y también solicitarle a quien redactó las del grupo 1, (que trabajó en el salón azul) haga circular las mismas por este medio ya que ese día no nos quedamos con la hoja. Fraternalmente Equipo de Coordinación Secretaria Discapacidad CTA


domingo, 27 de septiembre de 2009

“CML -Reservada- Inc. Med. c/ Defensor del Pueblo de la Nación s/empleo público”

FALLO COMPLETO
EMPLEO PUBLICO. VIOLENCIA EN EL AMBITO LABORAL

EMPLEO PUBLICO. VIOLENCIA EN EL AMBITO LABORAL. Cambio de funciones y de lugar de trabajo. Quita del “suplemento de gabinete”. Falta de competencia del defensor del Pueblo provisorio. MEDIDA CAUTELAR. Requisitos. Procedencia.Expte. N° 21.894/2009 - “CML -Reservada- Inc. Med. c/ Defensor del Pueblo de la Nación s/empleo público” – CNACAF – SALA III – 15/09/2009 “La pretensión deducida que -en el análisis de la verosimilitud del derecho invocado- remite a la modificación injustificada de las condiciones de trabajo y del tipo de tareas asignadas en detrimento de la actora y, por otro lado, a la disminución arbitraria de su remuneración, se exhibe -en este estado preliminar del proceso- con suficiente grado de apariencia, que -por ende autoriza a mantener la tutela reconocida en primera instancia con sustento en la existencia de violencia en el ámbito laboral.”“Es preciso destacar que en lo concerniente al planteo que versa sobre el traslado al área de la biblioteca, con lo que ello implica, dada su ubicación en el subsuelo del edificio, las características y el estado del lugar en el que se halla instalada; así como respecto a las nuevas tareas asignadas en la misma, que se limitan a trabajos de recepción y reparto de publicaciones jurídicas y que difieren sustancialmente de las funciones que venía realizando, más propias de su profesión de abogada, no sólo es dable remitir a la prueba que emerge de las fotografías que se han adjuntado a este expediente y a las declaraciones testimoniales de dos empleados del demandado, sino también a los propios reconocimientos que surgen de la presentación efectuada por el Defensor del Pueblo, en los términos vertidos en el escrito de apelación. Frente a ello, cabe afirmar que las condiciones del lugar en el que la actora debe cumplir sus tareas -aunque sea en parte del tiempo de la jornada laboral-, según se observa en las fotografías..., no resulta ser un espacio apropiado para trabajar; menos aún cuando el demandado ha admitido que la actora padece de problemas de salud y, en el escrito de inicio, ésta dijo que presenta un cuadro asmático.”“Sin efectuar un análisis que importe adentrarse en un conocimiento inoportuno sobre aspectos que han de ser decididos en la sentencia definitiva, lo cierto es que la cuestión que expone en relación con el cambio de autoridades -con sustento en lo dispuesto por el art. 3° de la Resolución del Defensor del Pueblo de la Nación N° 287/00, según Res. DPN N° 39/03...-, no enerva el análisis de la verosimilitud del derecho efectuado en primera instancia, ni hace que ya no se pueda observar en la forma que se requiere para acceder a la medida cautelar pedida. Ello es así, por cuanto -a pesar de la renuncia del Defensor del Pueblo anterior- aún no ha sido designado un funcionario definitivo y quien se encuentra en el cargo sólo ha sido nombrado en un reemplazo provisorio.... De cara a esta circunstancia, se advierten razones que impiden a este Tribunal tener por acreditado que el reemplazante interino posea competencia suficiente para haber procedido en la forma que lo ha hecho, quitando los módulos que habían sido asignados a la actora por el titular anterior y, por el contrario, se concluye que el derecho invocado por ésta se presenta -en principio con sustento adecuado para fundar su apariencia de buen derecho.”Buenos Aires, 15 de septiembre de 2009.- Y VISTOS;; CONSIDERANDO: I- El Sr. Juez de primera instancia hizo lugar a la medida cautelar solicitada y, en consecuencia, ordenó al Defensor del Pueblo de la Nación: a)) restituir a la actora -en el término de dos (2) días- las condiciones de prestación de servicios anteriores a marzo de 2009, con funciones propias de profesional abogada -autorizándola a abstenerse de prestar servicios hasta tanto se cumpla con la manda judicial- y b) abonar a la actora su remuneración con el mismo nivel salarial de marzo de 2009, todo ello hasta tanto se dicte sentencia definitiva, previo cumplimiento de la caución juratoria fijada.//- Para así decidir, destacó que la ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales faculta a los jueces, de oficio o a petición de parte y durante cualquier etapa del proceso, ordenar una o más de las medidas preventivas enumeradas en el art. 26, de acuerdo a los tipos y modalidades de violencia contra las mujeres definidas en los arts. 5° y 6°.- En ese marco normativo, consideró que se encontraban reunidos los extremos necesarios a fin de acceder a las medidas precautorias solicitadas, pues -a su entender- las constancias documentales arrimadas a la causa, acreditan “prima facie” la existencia de violencia contra la actora en su ámbito de trabajo. Al respecto, señaló que la accionante trabajaba en un sitio de oficinas con aire acondicionado y calefacción, con escritorio y computadora propios en el área de Seguridad Social y Empleo; y que desde marzo del corriente año fue trasladada a la Biblioteca del Defensor del Pueblo de la Nación sita en el subsuelo del edificio, que ha sido caracterizado como un lugar sucio, ruidoso, frío, húmedo, insalubre (de conformidad con las declaraciones testimoniales agregadas a la causa). Asimismo, ponderó que la actora ha sufrido una drástica disminución de su remuneración a partir del mes de mayo, sin que se observe de las constancias aportadas cuáles han sido los motivos que determinaron el resultado alcanzado por el empleador (vide fs. 258/60 de este incidente).- II- Apela el Defensor del Pueblo de la Nación (fs. 272).- El recurrente señala que con el cambio de defensor, inmediatamente cesa el personal de gabinete y que, por lo tanto, los módulos que se le asignaban a esos funcionarios se le entregan al nuevo defensor, para que los reasigne a los agentes que constituyan el nuevo gabinete; inclusive los llamados excedentes (art. 3°, inc. a y b de la Resolución N° 287/00).- Admite que la actora fue nombrada el 13/1/00, en la categoría 4 del escalafón, en planta permanente, sin especificar funciones profesionales; que el 17/3/00 el Defensor del Pueblo le otorgó la cantidad de 20 módulos (conf. art. 3°, inc. a) de la Res. D.P. N° 287/00) y que -el 1°/10/02- se le asignaron módulos adicionales (15), por idénticos conceptos. Reconoce que -con fecha 16/3/09- se le dieron funciones en el área de Registro, Notificaciones y Archivo, Sección Biblioteca, de la Institución. Indica que con la renuncia del Defensor Eduardo Mondino (23/4/09), fenecieron los módulos anteriores y que el Sr. Adjunto, al reasignar los mismos, no le otorgó módulo alguno a la actora.- Afirma que no () ha sido necesario el dictado de ningún acto administrativo para que finalicen los módulos, pues frente a la renuncia del Defensor del Pueblo, la totalidad de los módulos otorgados al personal fenecían “ipso facto”. Manifiesta que la quita de módulos no obedeció a una persecución, violencia o acoso laboral, ni tiene que ver con su condición de mujer. Considera que no existe -en el caso- verosimilitud del derecho ni peligro en la demora y que, por consiguiente, no corresponde mantener la medida cautelar dictada. Dice que la actora, como abogada y funcionaria de la Defensoría del Pueblo, no podía ni puede ignorar que el Suplemento de Gabinete, que se le dio en el año 2000 y se aumentó en el año 2003, es de carácter provisorio. Sostiene que las normas que rigen los módulos en cuestión (Resoluciones DPA N° 634/00, 30/02, 287/00, 39/03 y 17/04), que no han sido acompañadas por la actora, tornan inverosímil el derecho invocado. Indica que si bien la actora señala un hostigamiento desde el año 2005, jamás efectuó reclamo administrativo ni judicial. En cuanto al lugar de trabajo, aduce que el pase al área de Biblioteca se decidió luego de que la actora se reintegrara de una licencia por afección de largo tratamiento, en razón de que allí tendría una labor más descansada y con una flexibilidad horaria propia de las tareas a desempeñar. Manifiesta que ante el traslado de la sede del Defensor del Pueblo, la biblioteca debió ser ubicada en el subsuelo, y que si bien no ignora que ese no es el mejor lugar para trabajar dentro del edificio, tampoco es cierto que sea inhabitable o no apto para el trabajo. Refiere que no ha sido enviada a la biblioteca como acto de violencia laboral, sino en el convencimiento de que allí tendría una jornada laboral más apacible, a consecuencia de las dificultades de salud que padece ella y su marido, las que no sólo le impiden concurrir a diario a trabajar, sino también cumplir el horario. Destaca la gravedad de la imputación efectuada, dado que la misión y el deber constitucional del Defensor del Pueblo de la Nación, es la defensa y protección de los derechos humanos y demás derechos, garantías e intereses tutelados en la Constitución Nacional y en las leyes (fs. 309/22 vta.).- A fs. 325/32, obra la contestación de agravios presentada por la actora.- III- De acuerdo con reiterada jurisprudencia, la procedencia de las medidas cautelares, queda subordinada a la verificación de dos extremos insoslayables, a saber: la verosimilitud del derecho invocado y el peligro de un daño irreparable en la demora (conf. art. 230 del Código Procesal).- A su vez, la jurisprudencia y la doctrina han agregado que los requisitos antes citados se encuentran de tal modo relacionados que a mayor verosimilitud del derecho, cabe no ser tan exigente en la apreciación del peligro en la demora y -viceversa- cuando existe el riesgo de un daño extremo irreparable el rigor en la ponderación del primero se puede atenuar (Sala II, “Pesquera del Atlántico S.A. c/ B.C.R.A.”, del 14-10-85; Sala V, “Ribereña de Río Negro S.A. c/ D.G.I.”, del 8-11-96; esta Sala, “Gibaut Hermanos”, del 8-9-83; “Siderca SA”, voto del Dr. Grecco, del 19/11/04; “All Central SA- Inc. Med. c/ CNRT- Resol 1537/02 878/03 s/ proceso de conocimiento”, del 8/9/06, entre otros).- Asimismo, es preciso recordar que las medidas cautelares más que hacer justicia, están destinadas a dar tiempo a la Justicia para cumplir eficazmente su obra y para hacer eficaces las sentencias de los jueces (conf. esta Sala, “HSBC Participaciones (Argentina) SA- Inc Med. c/ EN AFIP ley 24073- dto. 214/02 s/ proceso de conocimiento”, del 7/10/04, “LOS EOLIOS SA c/ ENM °ECONOMIA-AFIP- Ley 24073 s/ proceso de conocimiento”, del 3/12/04, entre otros; Di Iorio, “Nociones sobre la Teoría General de las Medidas Cautelares”, pub. L.L., 1978-B, pag. 826; CNCCFed., Sala I, causa 289/94, del 10-2-94; idem Sala II, causa 9334, del 26-6-92; Sala III, causa 7815/01, del 30- 10-01), y si bien para decretarlas no se exige una prueba acabada de la procedencia del derecho invocado, ni el examen exhaustivo de las relaciones que vinculan a las partes, sí requiere de un análisis prudente por medio del cual sea dado percibir en el peticionario un “fumus bonis iuris” (conf. esta Sala, “Empresa San José SA c/ EN- M° Economía- ST- CNRT s/ medida cautelar (autónoma)”, del 16/11/06), siendo admisibles en tanto y cuanto si, como resultado de una apreciación sumaria, se advierte que la pretensión aparece como fundada y la reclamación de fondo como viable y jurídicamente tutelable (conf. Alsina, H., “Tratado Teórico Práctico de Derecho Procesal Civil”, t. V, pag. 452; Podetti, J.R., “Derecho Procesal Civil, Comercial y Laboral” –Tratado de las Medidas Cautelares-, pag. 77 y ss., Ed. Ediar; esta Sala, “ATVC y otros- INC MED c/ ENM° Planificación- SECOM y otros s/ proceso de conocimiento”, del 8/11/07; Pesquera Galfrio S.A. c/ EN- Subsecretaría Pesca- Disp 149/07 s/ medida cautelar (autónoma)”, del 26/12/07; "MASSTECH ARGENTINA S.A. c/ EN- M° Planificación- Resol 266/08- SE RSL 785/05 222/07 s/proceso de conocimiento", del 20/11/08, entre otros).- En este orden de ideas, en el caso, no asisten razones al recurrente en cuanto afirma que no se encuentran acreditados los recaudos de admisibilidad necesarios -verosimilitud del derecho y peligro en la demora- para acceder a la medida cautelar solicitada por la actora.- En efecto, la pretensión deducida que -en el análisis de la verosimilitud del derecho invocado- remite a la modificación injustificada de las condiciones de trabajo y del tipo de tareas asignadas en detrimento de la actora y, por otro lado, a la disminución arbitraria de su remuneración, se exhibe -en este estado preliminar del proceso- con suficiente grado de apariencia, que -por ende autoriza a mantener la tutela reconocida en primera instancia con sustento en la existencia de violencia en el ámbito laboral.- Al respecto, cabe poner de relieve que -según manifestó en el escrito de inicio- la actora ingresó a trabajar en el Defensor del Pueblo de la Nación el 13 de enero de 2000 y, desde que fue transferida -en el mes de mayo de 2005- al área Seguridad Social y Empleo, comenzó a recibir un trato hostil y el cuestionamiento de sus inasistencias, a pesar de que tanto éstas como la licencia por enfermedad de familiar se encontraban permitidas en el Estatuto vigente. Asimismo, destacó que esas circunstancias fueron creando una gran tensión y que, por ello, hacia fines de 2005, inició un tratamiento psicológico, que continúa a la fecha; así como que comenzó a desarrollar síntomas físicos tales como el agravamiento de su dolencia asmática, calambres frecuentes, cefaleas y otros procedimientos indicativos de la grave situación de estrés que le era provocada. Dijo que fue derivada al Defensor Adjunto I, Dr. Sella, actualmente a cargo del Defensor del Pueblo, quien le indicó que se pusiera a disposición del Lic. Barullo para prestar servicios en la biblioteca de la Institución. Refirió que, en este lugar, se le asignó como único trabajo la recepción de los diarios de jurisprudencia y del Boletín Oficial y la tarea de repartirlos a las distintas dependencias, que antes era efectuada por una ordenanza. Por otro lado, que indicó que la biblioteca se encuentra en el subsuelo del edificio, en un lugar húmedo y carente de toda luz natural, que se trata de un sótano, que es utilizado también como depósito.- Destacó que además del cambio de funciones y de lugar de trabajo, en el recibo de sueldo del mes de abril de 2009, se le quitó el “suplemento de gabinete”, que venía gozando desde hace casi nueve años. Alegó la existencia de una situación de “mobbing”, acoso psicológico o violencia en el ámbito laboral. Fundó su derecho en la ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (vide fs. 2/20).- En este contexto, es preciso destacar que en lo concerniente al planteo que versa sobre el traslado al área de la biblioteca, con lo que ello implica, dada su ubicación en el subsuelo del edificio, las características y el estado del lugar en el que se halla instalada; así como respecto a las nuevas tareas asignadas en la misma, que se limitan a trabajos de recepción y reparto de publicaciones jurídicas y que difieren sustancialmente de las funciones que venía realizando, más propias de su profesión de abogada, no sólo es dable remitir a la prueba que emerge de las fotografías que se han adjuntado a este expediente y a las declaraciones testimoniales de dos empleados del demandado, sino también a los propios reconocimientos que surgen de la presentación efectuada por el Defensor del Pueblo, en los términos vertidos en el escrito de apelación.- Frente a ello, cabe afirmar que las condiciones del lugar en el que la actora debe cumplir sus tareas -aunque sea en parte del tiempo de la jornada laboral-, según se observa en las fotografías que obran a fs. 212/23, no resulta ser un espacio apropiado para trabajar; menos aún cuando el demandado ha admitido que la actora padece de problemas de salud y, en el escrito de inicio, ésta dijo que presenta un cuadro asmático.- Asimismo, los dichos de los testigos contienen descripciones del lugar en el que se desempeñó la actora con anterioridad a su traslado a la biblioteca, en la que actualmente se encuentra desempeñando, como así también en relación a ésta; pudiéndose advertir -sin dudas- una alteración negativa en las condiciones de trabajo.- Por otra parte, en las declaraciones se describen las tareas realizadas hasta que -a principio de este año- fue reasignada al área de biblioteca.- Además, las anteriores funciones y las actuales labores -que coinciden con el relato contenido en el escrito de demanda- tampoco fueron negadas por el Defensor del Pueblo. Por el contrario, el demandado admitió expresamente la existencia de un cambio relevante en los trabajos asignados a la actora, mediante un reconocimiento complejo, pero que -no por ello- no deja de resultar separable.- Adviértase, que éste dice que la actora fue enviada a la biblioteca en el convencimiento de que allí tendría una jornada más apacible, a consecuencia de las dificultades de salud que padece. Empero, ello no importa dejar de admitir la existencia de una modificación sustancial -de aspecto negativo- en cuanto a la índole y jerarquía de los servicios que debe ahora prestar.- De esta forma, parece claro en principio -y dicho esto con la provisionalidad que es propia de las medidas cautelares, adoptadas en el estadio inicial del proceso- que, en lo que hace al aspecto relativo a las tareas asignadas y al lugar en el que la actora debe cumplir su trabajo, se encuentran reunidos los elementos necesarios para concluir que el derecho invocado resulta “prima facie” verosímil.- IV- Por otro lado, corresponde analizar la cuestión que indica el recurrente acerca a la modificación de los hechos como consecuencia del término de la gestión del anterior Defensor del Pueblo de la Nación (v. fs. 303/5 del presente incidente).- Sin embargo, en este punto, no resultan atendibles los planteos que formula el demandado, en torno a que la readjudicación de módulos se haya podido producir -de conformidad con la normativa que invoca- como consecuencia de la designación de quien se desempeña en ese cargo desde abril del corriente año.-
Es que, sin efectuar un análisis que importe adentrarse en un conocimiento inoportuno sobre aspectos que han de ser decididos en la sentencia definitiva, lo cierto es que la cuestión que expone en relación con el cambio de autoridades -con sustento en lo dispuesto por el art. 3° de la Resolución del Defensor del Pueblo de la Nación N° 287/00, según Res. DPN N° 39/03 (v. fs. 283/7 y fs. 293/6 del presente)-, no enerva el análisis de la verosimilitud del derecho efectuado en primera instancia, ni hace que ya no se pueda observar en la forma que se requiere para acceder a la medida cautelar pedida. Ello es así, por cuanto -a pesar de la renuncia del Defensor del Pueblo anterior- aún no ha sido designado un funcionario definitivo y quien se encuentra en el cargo sólo ha sido nombrado en un reemplazo provisorio (v. fs. 305).- De cara a esta circunstancia, se advierten razones que impiden a este Tribunal tener por acreditado que el reemplazante interino posea competencia suficiente para haber procedido en la forma que lo ha hecho, quitando los módulos que habían sido asignados a la actora por el titular anterior y, por el contrario, se concluye que el derecho invocado por ésta se presenta -en principio con sustento adecuado para fundar su apariencia de buen derecho.- Siendo ello así, por todas las consideraciones expuestas, en sentido coincidente con lo decidido en la instancia anterior, se encuentra suficientemente acreditada -en la especie- la verosimilitud del derecho para mantener la tutela cautelar que ha sido otorgada.- V- También se impone la misma decisión en torno a la ponderación del presupuesto atinente al peligro en la demora.- Al respecto, cabe destacar que las medidas cautelares tienden a impedir que, durante el lapso que inevitablemente transcurre entre la iniciación del proceso y el pronunciamiento de la decisión final, sobrevenga cualquier circunstancia que imposibilite o dificulte la ejecución forzada o torne inoperantes sus efectos (esta Sala, “Marotta Graciela c/ IUNA- Consejo Departamental Artes Visuales- Resol 202 s/ amparo ley 16.986”, del 2/7/08;; “Maciel José del Valle - Inc Med- c/ EN- Dto 572/94- M° Planificación – SSP y VN- Disp 8/09 y otro s/ amparo ley 16.986”, del 18/6/09, etc.).- En el caso, dados los motivos de salud ya invocados y los demás fundamentos expuestos en torno a la drástica disminución de la remuneración y al cambio de funciones asignadas a la actora, se advierte configurada la existencia de un peligro particularizado en la demora, que puede influir en la sentencia o convertir su ejecución en imposible o ineficaz (conf. art. 230 del Código Procesal).- VI- Por las consideraciones expuestas, toda vez que -en el acotado ámbito de conocimiento de la presente- se encuentran demostrados los requisitos exigidos para mantener la medida cautelar concedida en primera instancia, corresponde confirmar la resolución en recurso.- Por lo tanto, se RESUELVE: rechazar la apelación deducida por el Defensor del Pueblo de la Nación y, en consecuencia, confirmar la resolución de primera instancia en cuanto hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la actora.- Regístrese, notifíquese y devuélvanse.//- Fdo: Dr. Jorge Esteban Argento – Dr. Carlos Manuel Grecco – Dr. Sergio Gustavo Fernández

sábado, 26 de septiembre de 2009

El Ejecutivo promulgó la ley que prioriza la atención de embarazadas, ancianos y discapacitados en las oficinas públicas

Alcanza a mujeres embarazadas, personas con discapacidad, enfermos oncológicos y mayores de 70 añosLa norma promulgada el 2 de septiembre, obliga a otorgar preferencia de atención en todos los estamentos destinados a la atención pública que dependan de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la provincia.El Poder Ejecutivo provincial promulgó la ley, autoría del diputado Jorge Kerz, que dispone la obligación de otorgar preferencia de atención en todos los estamentos destinados a la atención pública que dependan de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Provincia de Entre Ríos, a las mujeres embarazadas, personas con discapacidad, enfermos oncológicos y personas mayores de 70 años.La ley surge a partir de una iniciativa de la delegación Entre Ríos del INADI, motorizada por el diputado Jorge Kerz, quien presentó el proyecto que fue aprobado en la Cámara Baja provincial el 22 de abril de 2009 y convertido en ley por el Senado en agosto de 2009.La norma promulgada pro el Ejecutivo el 2 de septiembre, obliga a otorgar preferencia de atención en todos los estamentos destinados a la atención pública que dependan de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Provincia de Entre Ríos, a las mujeres embarazadas, personas con discapacidad, enfermos oncológicos y personas mayores de 70 años.Textualmente dice que: “En todas las dependencias destinadas a la atención pública que dependan de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Provincia de Entre Ríos, será obligatorio otorgar prioridad y preferente atención a las mujeres embarazadas, personas con discapacidad, enfermos oncológicos y personas mayores de 70 años sin otro requisito que acreditar su edad con un documento de identidad válido que realicen trámites ante ellos en forma personal”.La obligación incluye también a las entidades privadas que tengan a su cargo la prestación de servicios públicos.Finalmente, el texto de la norma invita a los municipios a adherirse y estimular al sector privado a adoptar esta reglamentación.Fuente: La Voz 901 (Entre Ríos)

martes, 15 de septiembre de 2009

FIBROMIALGIA

¿Qué es?

La Fibromialgia (FM) es una enfermedad crónica del Sistema Nervioso Central que ocasiona a quien la padece dolor generalizado con una evolución de más de 3 meses de duración ( principalmente de localización músculo-esquelética) y un cansancio persi
¿Cómo se inicia?

El inicio se produce después de un proceso que actúa como un desencadenante de la enfermedad.
Puede tener un origen diverso:

· Infecciones víricas o bacterianas
· Traumatismos
· Accidente automovilístico
· Separación matrimonial o divorcio
· Conflicto familiar
· Conflicto laboral
· .............


¿Cuales pueden ser los síntomas?

El más importante es el DOLOR.
Es difuso y afectando gran parte del cuerpo. Provoca una sensibilidad anormal a la presión digital en unas zonas anatómicas específicas del cuerpo.
Se acompaña de otras alteraciones como son: Rigidez articular, trastornos en la cantidad y calidad del sueño, contracturas musculares, mareos, cefaleas, colon irritable, etc.
El cansancio aparece con frecuencia.
Puede estar precedida o acompañada de ansiedad y/o depresión.

¿Cómo se obtiene un diagnóstico?

El diagnóstico es fundamentalmente clínico y por exclusión de otras enfermedades con síntomas parecidos. Los análisis de sangre, radiografías y otras pruebas complementarias son normales y no revelan ningún tipo de patología.
Se debe concurrir a un reumatologo/a para su diagnóstico y tratamiento.

¿A quién afecta?

Según los estudios, se estima que la padecen entre el 3 i el 4 % de la población, lo que supone entre 1.200.000 y 1.600.000 personas en España.
En el 90 % de los casos se trata de mujeres en la edad media de la vida, siendo su inicio muy poco frecuente en la infancia o a partir de los 65 años.
En todo caso, es una enfermedad de detección cada vez más frecuente.

¿Cuál es la causa?
Es desconocida. Se cree que los síntomas de esta enfermedad son debidos a la disminución de las sustancias que habitualmente regulan la sensación de dolor, en especial la Serotonina.
Esta disminución produce un trastorno en la percepción, transmisión y modulación del estímulo doloroso, bajando el umbral de percepción del mismo. Los mecanismos de regulación del dolor quedarían alterados al añadirse factores agravantes como el estrés, el cansancio y las alteraciones del sueño.
No se ha detectado ninguna alteración orgánica objetiva que permita explicar la base física de este trastorno.


¿Se puede curar?

La FIBROMIALGIA es una enfermedad sin peligro para la vida, aunque es persistente, y que, en estos momentos, no tiene un tratamiento curativo. No obstante se pueden mejorar muchos de sus síntomas. Es necesario aprender a conocer los factores que mejoran o empeoran el estado general. Hay que evitar los factores agravantes y es importante adaptarse al curso de la enfermedad.

Tratamiento
Actualmente no se dispone de un tratamiento curativo para la FIBROMIALGIA.
El objetivo es, hoy por hoy, aliviar los síntomas y la adaptación del enfermo.
El médico y el paciente tienen que desarrollar un programa adaptado al enfermo individualmente.
El abordaje terapéutico incluye los antiinflamatorios y analgésicos, los reguladores del sueño y las terapias conductuales-cognitivas.
El control del dolor tiene un papel muy relevante en el nivel de calidad de vida.
El ejercicio moderado es recomendable.
¿Es una enfermedad invalidante?
No todos los afectados de Fibromialgia presentan el mismo grado clínico. La severidad de la sintomatología varía, pues, de un paciente a otro. A demás la intensidad puede ser fluctuante en el tiempo. El curso de la Fibromialgia es imprevisible y se alternen periodos de relativa remisión con los ?brotes o crisis?.
En la mayoría de los afectados la enfermedad puede manejarse satisfactoriamente.
En algunos casos llega a ser realmente invalidante.

domingo, 6 de septiembre de 2009

Artículos jurídico-laborales

FIBROMIALGIA Y TRABAJO

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) considera "una simple utopía" que los afectados de fibromialgia severa puedan "desarrollar algún tipo de actividad laboral". Esta afirmación se encuentra en una sentencia en la que el Alto Tribunal catalán ha otorgado la invalidez absoluta permanente a una administrativa que padece la citada enfermedad. La Sala de lo Social del TSJC ha desestimado el recurso que presentó el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) contra un fallo dictado por un juzgado de Barcelona, que ya otorgó la invalidez a la mujer, M.L.C.A., que padece la síndrome de fibromialgia en grado máximo. La sentencia considera que la trabajadora "presenta el máximo número posible de puntos-gatillo posibles positivos, así como la nula respuesta a los tratamientos, a lo que se añade un trastorno depresivo mayor de carácter grave, por lo que la posibilidad de que pueda desarrollar algún tipo de actividad laboral se muestra como una simple utopía". No obstante, la sentencia señala que "la mera constatación de diagnóstico diferencial de fibromialgia no es elemento suficiente para establecer de forma automática el carácter incapacitante de esta enfermedad", ya que entiende que deben haber "más de 11 puntos gatillo afectados y síntomas adicionales acompañantes, habitualmente alteraciones psíquicas, que determinan incapacidad para realizar tareas incluso livianas". Según la sentencia, a la que ha accedido Europa Press, la administrativa padece una fibromialgia activa severa con afectación de 18 puntos gatillo, además de un trastorno depresivo grave y síndrome de Menière, entre otras lesiones. DESESTIMADO RECURSO INSS. El Alto Tribunal catalán ha confirmado con estos argumentos la decisión del juzgado número 16 de Barcelona, que ya dictó un fallo a favor de la demandante, representada por el abogado Miquel Nadal i Borràs. En octubre de 2003, el TSJC confirmó la primera sentencia por la que se concedió la invalidez absoluta a un enfermo de fibromialgia en la que reconoció que los afectados de esta dolencia están "incapacitados para el desempeño de cualquier profesión". En dicho caso, el Alto Tribunal catalán dictó un fallo favorable a una mujer trabajadora de la limpieza, F.A.G., a la que un juzgado de Barcelona ya había considerado un año antes que no podía desarrollar ni un contrato de trabajo "de forma mínimamente continuada y estable". Esa fue la primera vez que se concedió la invalidez absoluta a un enfermo de fibromialgia, sentando un precedente para el 3 por ciento de españoles que sufren esta enfermedad, que provoca un intenso dolor en las extremidades y que fue reconocida por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en 1992.

viernes, 4 de septiembre de 2009

No informan qué escuelas porteñas son accesibles a personas con discapacidad

Reclamo judicial contra el gobierno porteño patrocinado por la ADCNo informan qué escuelas porteñas son accesibles a personas con discapacidad Acceso Ya pidió conocer las obras realizadas en las escuelas porteñas entre 2005 y 2008 para lograr la accesibilidad de personas con discapacidad, y el presupuesto para las mismas. Al no obtener respuesta inició una acción judicial patrocinada por la ADC, en el marco de la Clínica Jurídica de Derecho a la Información Pública de la Universidad de Palermo.(Buenos Aires, 31 de agosto de 2009) - Desde principios de año, en el marco del trabajo que realiza la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) junto a la clínica jurídica en Derecho a la Información Pública de la Carrera de Derecho de la Universidad de Palermo, la ADC patrocinó a la organización ACCESO YA en dos pedidos de información dirigidos al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. En uno de ellos se requirió conocer las obras de infraestructura realizadas en las escuelas porteñas entre los años 2005 y 2008 para lograr la accesibilidad de las personas con discapacidad. En el otro pedido se solicitó información del presupuesto para tal fin. Los pedidos se realizaron en base a la Ley local Nro. 104 que prevé que toda persona tiene derecho, de conformidad con el principio de publicidad de los actos de gobierno, a solicitar y a recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna, de cualquier órgano perteneciente a la Administración Central.Dichas solicitudes de acceso a la información pública se dirigieron al gobierno porteño en junio de este año y no recibieron ningún tipo de respuesta lo que obligó a judicializar el caso. La acción de amparo quedó radicada en el fuero Contencioso administrativo y tributario de la Ciudad de Buenos Aires, Juzgado No. 14 Secretaría 28, a cargo de la jueza Nidia Karina Cícero. La Asociación por los Derechos Civiles (www.adc.org.ar) busca difundir el respeto por los derechos fundamentales y contribuir al fortalecimiento de las instituciones democráticas. Una de sus principales acciones consiste en la difusión del derecho al acceso a la información pública, por lo que orienta a personas y entidades en el ejercicio efectivo de este derecho aportando su experiencia en el tema. ACCESO YA (www.accesoya.org.ar) es una organización no gubernamental que lucha por una ciudad libre de barreras, trabaja en este campo desde hace más de 5 años buscando proteger los derechos de las personas con discapacidad en especial para eliminar las barreras arquitectónicas u otras que impidan el libre acceso a colegios, puestos de trabajo, teatros, cines, viviendas y todo tipo de edificio privados o públicos. Por su parte, la Clínica Jurídica en Derecho a la Información Pública de la Carrera de Derecho de la Universidad de Palermo, integrada por los alumnos de derecho de dicha universidad, funciona como un estudio jurídico que atiende casos reales, no posee fines de lucro y desarrolla su labor en un esquema de colaboración con diferentes Organizaciones No Gubernamentales. Fuente: ADC