jueves, 17 de julio de 2008

OTRA RECOMENDACION MAS Y VAN !!!!!!!!!!!

LA RESOLUCION 81/08 DE LA DEFENSORIA DEL PUEBLO DE LA NACION RECOMIENDA DE MANERA INMEDIATA QUE SE DISPONGAN LAS MEDIDAS NECESARIAS A EFECTOS DE OBLIGAR A LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE URBANO DE PASAJEROS DE JURIDICCION NACIONAL A EMITIR BOLETOS A LAS PERSONAS DISCAPACITADAS Y ACOMPAÑANTES QUE UTILICEN EL SERVCIO DE TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS EN EL MARCO DEL DECRETO N° 38/2004.

TAMBIEN SE DA PARTE A LA CONADIS, ORGANISMO DEPENDIENTE DE LA SECRETARIA GENERAL DE LA NACION A CARGO DEL SR OSCAR PARRILI.

viernes, 4 de julio de 2008

Derechos Humanos

Discapacidad: Con la Ley no es suficiente

[3/07/2008 - ACTA] Por Carlos Saglul. El Poder Legislativo ratificó finalmente la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. El Departamento de Discapacidad de la CTA bregó durante mucho tiempo para alcanzar este logro.


Carlos Ferreres, responsable del Departamento de Discapacidad de la Central de Trabajadores de la Argentina, recuerda todo lo que desde la CTA se hizo para lograr que la Cámara Baja diera ese paso que reconoce importante, aunque advierte: "la ley es apenás un paso más, ya que lo fundamental en este tema es que se tomen políticas públicas para atender la problemática de este sector de la sociedad".
¿Qué significación tiene la decisión legislativa para el sector más postergado de la sociedad argentina?
De esta manera la Argentina ha cumplido con tratados internacionales que la obligaban a legislar sobre la materia. Desde la Central hicimos todo lo posible para que este hecho político se concretara. Se trata de un buen instrumento, pero hay que usarlo. Ahora hay que darle contenido.
¿De qué manera?
Con políticas públicas que atiendan el tema de la discapacidad. Nuestra legislación en esta matería es reconocida aún fuera del país. Pero de qué sirve si no cumplimos con lo que marca.
¿Qué prioridad le da el Estado al tema de la discapacidad?
Casi ninguna, ni el gobierno ni la clase política tienen en cuenta el tema. Por ahí existen iniciativas aisladas pero no alcanzan. Necesitamos medidas que atiendan el transporte, la educación, la transitabilidad del espacio público.
Medidas integrales y no parches.
Claro, necesitamos que esa políticas sean integrales. De que nos sirve que no nos descriminen en el trabajo cuando no contamos con transporte adecuado. La inaccesibilidad al colectivo y a los trenes continúa pese a las denuncias del Defensor del Pueblo de la Nación, Eduardo Mondino. Ni que hablar de las prepagas y los reparos que ponen para atender al discapacitado. Lo mismo pasa en materia de educación.
Si algo caracteriza a las minorías es su invisibilidad ante la sociedad.
Por eso este es un problema cultural, grandes sectores de la población desconocen la problemática. Somos más de dos millones de personas que no contamos en la agenda de políticos y funcionarios. Desde la CTA, tratamos de que eso cambie.
Los últimos censos realizados demuestran que solo el 14 por ciento de personas con discapacidad tienen el correspondiente certificado. Sin ese comprobante no pueden acceder ni siquiera al transporte gratuito.
¿Qué dificulta obtener el comprobante?
Hay que tener certificados municipales, provinciales, nacionales, casi una misión imposible. Para colmo, el Servicio Nacional de Rehabilitació n no tiene oficinas en todas las provincias.
¿Qué los llevó a crear el Departamento de Discapacidad de la CTA en 1997?
La idea de organizarnos. Discutíamos si teníamos que estar en el área de salud o social hasta que nos dimos cuenta que nuestro problema tiene que ver con lo que venimos hablando, el incumplimiento de la ley, la falta de políticas públicas. La discriminació n que nos afecta como trabajadores, en general desocupados, es gremial. Por eso nos organizamos como departamento.
Se trata de incorporar, articular nuestra tarea con los trabajadores de la Central cuya labor específica está vinculada a la discapacidad o directamente trabajar con ellos. Esto es, trabajadores de la salud, educación, previsión social y otros. También con los profesionales del ámbito de la discapacidad y los compañeros que trabajan en el territorio. Trabajamos por la dignidad de los discapacitados, porque se reconozcan nuestros derechos y articular esa tarea con otros sectores, en especial, los otros trabajadores.

martes, 1 de julio de 2008

FALLO DE LA CAMARA CIVIL


Condena por no transportar gratis a un discapacitado

Una empresa de ómnibus se negó a llevarlo a Brasil, pero la ley lo ampara.


INDEMNIZACION. LA EMPRESA CRUCERO DEL NORTE DEBERA PAGAR $ 2.000.-
Se sabe que, por ley, los discapacitados pueden viajar en ómnibus sin pagar boleto. Pero cuando el pasajero identificado con las iniciales RGR pidió un boleto a Río de Janeiro en la boletería de la empresa Crucero del Norte, se lo negaron. Hizo juicio, ganó en primera instancia y ahora la Cámara Civil acaba de confirmar el fallo.La empresa de ómnibus fue condenada a pagar una indemnización. Pero la Sala D de esa cámara redujo a 2.000 pesos el monto a pagar, inicialmente fijado en 15 mil. El pasajero "basó su reclamo en sus sentimientos de impotencia, frustración, avasallamiento, en la actitud discriminatoria de la empresa que le negó la posibilidad de viajar, sin fundamento alguno", consideraron los jueces Ana María Brilla de Serrat, Miguel Angel Vilar y Diego Sánchez. La decisión fue tomada por la sala D del tribunal de apelaciones en una demanda por daños y perjuicios iniciada por el pasajero, cuyas iniciales son RGR contra la empresa Crucero del Norte SRL , operadora de un servicio con destino a Brasil. El pasajero debía viajar a ese país por razones laborales y mostró su certificado de discapacidad emitido por el Ministerio de Salud de la Nación. Al presentarse a pedir el ticket para ir a Río de Janeiro la empresa lo negó porque adujo que la ley no contemplaba pasajes con destino internacional. Los camaristas explicaron en su fallo que Crucero del Norte es una empresa argentina, sometida a la jurisdicción de nuestro país y por ende afectada por las obligaciones atinentes a la expedición de pasajes .Dijeron los camaristas: Puede presumirse que la injustificada negativa de la demandada a cumplir con la obligación legal de entregar pasajes gratuitos debió generar en el actor sentimientos de frustración, de impotencia .Esto fue producto de la falta de reconocimiento de su derecho a obtenerlos al amparo de una legislación específica, cuya finalidad es procurar la equiparación de oportunidades de las personas con discapacidad y su plena integración a la vida social , agregó el fallo. Los jueces redujeron el valor de la indemnización por entender que el pasajero no probó que la actitud de la demandada le haya provocado perjuicios más allá de los mencionados sentimientos de frustración . Tampoco probó haber perdido oportunidades de trabajo por no haber viajado -en caso de no haberlo hecho-, como se esgrime al demandar . El decreto 38/2004 consigna que los discapacitados poseen un derecho de gratuidad para viajar en los distintos tipos de transporte colectivo terrestre, sometidos a contralor de la autoridad nacional, de corta, media y larga distancia . Las empresas deberán transportar gratuitamente a las personas con discapacidad en el trayecto que medie entre el domicilio de las mismas y cualquier destino al que deban concurrir por razones familiares, asistenciales, educacionales, laborales o de cualquier otra índole que tiendan a favorecer su plena integración social , sostiene esa norma.
FUENTE DIARIO CLARIN