jueves, 28 de agosto de 2008

Prepagas deberán atender a personas con discapacidad

La sesión de Diputados

El proyecto, duramente resistido por las empresas prestadoras, pasó ahora para su análisis al Senado.

La Cámara de Diputados aprobó y giró al Senado un proyecto de ley por el cual se obliga a las empresas de medicina prepaga a dar cobertura asistencial a las personas con discapacidad. El proyecto, que implica una modificación del artículo 2 de la ley 24.901 que establece el Sistema de Protección Integral de las Personas con Discapacidad, fue aprobado por unanimidad por los 140 diputados presentes en el momento de la votación. Por el momento, las personas con discapacidad tenían reconocimiento para su atención por parte de las obras sociales, pero el cambio realizado extiende ese beneficio para las empresas de medicina prepaga. La normativa abarca a "los agentes de salud comprendidos en las leyes 23.660 y 23.661, las organizaciones de seguridad social, las entidades de medicina prepagas, la obra social del Poder Judicial, la Dirección de Ayuda Social para el personal del Congreso de la Nación y los agentes de de salud que brinden servicios médicos asistenciales, independientemente de la figura jurídica que tuvieren". Y dispone que los referidos efectotes de salud "tendrán a su cargo, con carácter obligatorio, la cobertura total de las prestaciones básicas en la presente ley, que necesiten las personas con discapacidad afiliadas a las mismas".

viernes, 15 de agosto de 2008

IGUALDAD DE CONDICIONES Y OPORTUNIDADES

ES LA HORA DE LUCHAR POR LOS INCUMPLIMIENTOS DE NUESTROS DERECHOS LABORALES

QUERIDOS AMIGOS EN EL DIA DE AYER TUVIMOS ELECCIONES DE JUNTA INTERNA DE DELEGADOS DE A.T.E EN EL ORGANISMO EN EL QUE CUMPLO FUNCIONES HABITUALMENTE, LA DEFENSORIA DEL PUEBLO DE LA NACION, ME ES GRATO COMENTARLES QUE FUI ELECTO DELEGADO DE ORGANIZACION, ESTA DESIGNACION ES AMPLIAMENTE POSITIVA, YA QUE SOY EL SEGUNDO DELEGADO ELECTO DENTRO DE ESTA JUNTA INTENA QUE TIENE DISCAPACIDAD.
LA FIGURA DEL DELEGADO O PARITARIO DE DISCAPACIDAD ESTA RECONOCIDO POR LA OIT Y PERMITE QUE EN ESE AMBITO SE DEFINAN TEMAS DE INTEGRACION, DESARROLLO E IGUALDAD DE CONDICIONES Y OPORTUNIDADES A LOS COMPAÑEROS DISCAPACITADOS, ASI TAMBIEN COMO LOS QUE TIENEN HIJOS O FAMILIARES EN LAS MISMAS CONDICIONES.
ESTA INICIATIVA POR PARTE DE UNA JUNTA INTERNA DE DELEGADOS DE UN ORGANISMO PUBLICO, EN ESTE CASO DEL GREMIO ATE, LOS PONE A LA VANGUARDIA Y EN IGUALDAD DE CONDICIONES A LOS COMPAÑEROS TRABAJADORES DISCAPACITADOS CON RESPECTO A DEFENDER SUS DERECHOS LABORALES.

ACA ABAJO LES DEJO EL LISTADO QUE TENEMOS QUE MEJORAR:

Trabajo

La legislación vigente en relación con la inserción laboral de las personas con discapacidad, reconoce tres vertientes de inserción al empleo:
1.- La incorporación de un cupo laboral reservado en la administración pública y empresas concesionarias prestadoras de servicios públicos.
2.- La concesión de espacios para la explotación de pequeños comercios en las sedes administrativas de los organismos públicos y de las citadas empresas.
3.- Los talleres protegidos de producción (TPP) y los grupos laborales protegidos.
1. Respecto al cupo se advierte
1.1. Incumplimiento de legislación vigente.
1.1 Contradictorias reglamentaciones de la normativa.
1.2 Escaso llamamientos a concursos públicos para cubrir vacantes.
1.3 Inaccesibilidad a establecimientos laborales
1.4 Falta de adecuación de puestos de trabajo.
1.5 Escasa concientización sobre las capacidades remanentes de los trabajadores con discapacidad.
1.6 Excesivo clientelismo político.
1.7 Escasa intervención de los organismos de aplicación y contralor.
1.8 Reducida capacidad de autogestión del aspirante a ingresar al puesto laboral.
1.10 Insuficiencia del transporte publico de pasajeros.
1.12 Exclusión de trabajadores que sufren diversidades funcionales a raíz de accidentes laborales.
2. En cuanto a la concesión de pequeños comercios se verifica:
2.1 La no implementación de los registros de espacios disponibles y otorgados, indicados por ley.
2.2 La inaccesibilidad física de muchos de los organismos obligados.
2.3 La escasa empatía de las autoridades a cargo de los entes obligados.
2.4 La prevalencia de la capacidad de autogestión de los concesionarios designados.
2.5 La inexistencia de espacios concesionados en establecimientos educativos, obras sociales, entes autárquicos y/o empresas de servicios públicos.
2.6 Se verifica la competencia desleal llevada a cabo por personas ajenas a la concesión, con anuencia de la autoridad del organismo.
3. Partiendo de la legislación vigente, se observa:
3.1 Falta de reglamentación de la normativa
3.2 Ausencia de apoyo económico por parte del estado para compensar el déficit operativo de los TPP, desconociendo el fin social que cumplen.
3.3 No reconocimiento de derechos reconocidos a los trabajadores en general (remuneración, aportes previsionales, régimen de licencias)
3.4 Imposición de cargas impositivas a las entidades de bien publico que los dirigen.
3.5 Reducida posibilidad de comercialización de bienes y/o servicios producidos por los TPP.


SALUDOS CODIALES
EDUARDO JHOSLEN

miércoles, 6 de agosto de 2008

CAMPAÑA PUBLICA FUNDACION PAR METROVIAS

ANTE UNA NUEVA DENUNCIA DE NUESTRA AGRUPACION PRESENTADA EN LA DEFENSORIA DEL PUEBLO DE LA NACION POR FALTA DE ACCESIBILIDAD POR PARTE DE LA EMPRESA METROVIAS, LA MISMA SE EXPIDE RECOMENDANDO A LA SECRETARIA DE TRANSPORTE DE LA NACION QUE ARBITRE LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA QUE SE CUMPLA EN TODOS LOS TERMINOS CON LA LEY N° 24.314, MODIFICATORIAS Y REGLAMENTARIAS, E INFORME A LA INSTITUCION LAS ACCIONES ADOPTADAS AL RESPECTO SOBRE LA SITUACION DE INACCESIBILIDAD QUE MANTIENE CRONICAMENTE METROVIAS S.A.
TAMBIEN RECALCA EN LA RECOMENDACION LA INENTENDIBLE POSICION DE LA FUNDACION PAR "QUE DICE DEFENDER LOS DERECHOS LABORALES DE LAS PERSONAS DISCAPACITADAS OFRECIENDO POSIBILIDADES DE EMPLEO A LAS MISMAS", TENIENDO EN UNA CAMPAÑA PUBLICA QUE DESDE SU SLOGAN YA ARRANCA MAL " UNA PERSONA SIN DERECHOS, NO ES UNA PERSONA", A METROVIAS LA EMPRESA N° 1 EN INCUMPLIMIENTOS EN LEGISLACION SOBRE DISCAPACIDAD.
FINALIZANDO ESTA EXPOSICION BASTA UNA RAPIDA PERCEPCION PARA ADVERTIR QUE TODA PERSONA FISICA, DESDE SUS COMIENZA SU EXISTENCIA, TIENE TODOS LOS DERECHOS QUE LA CONSTITUCION NACIONAL Y LAS NORMAS INTERNACIONALES Y NACIONALES LE ADJUDICAN EN CALIDAD DE TAL.

lunes, 4 de agosto de 2008

Acceso a la Información Pública

Recomiendan a la Conadis el libre acceso a la información sobre los programas destinado a personas Discapacitadas

RESOLUCION 1667/08 BOLETIN OFICIAL COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE "BOLETOS DISCAPACITADOS"

SEGUIMOS CON LA RACHA, ANTE NUESTRA DENUNCIA LA CNRT SE PUSO LAS PILAS

MODIFICACION AL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS CORRESPONDIENTES AL PROCESO DE ADMISION DE DENUNCIAS E INFRACCIONES, INSTRUCCION SUMARIAL Y COBRANZA DE MULTAS Y DEUDAS DEL SERVICIO DE AUTOTRANSPORTE DE PASAJEROS Y CARGA. MODIFICACION.

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=143021