jueves, 21 de mayo de 2009

Una Defensoría del Pueblo, por el Pueblo y para el Pueblo

Ante la proximidad de la designación de un/a nuevo/a titular de la Defensoría del Pueblo de la Nación, los/as abajo firmantes queremos hacer público nuestro deseo de que el/la próximo/a Defensor/a del Pueblo de la Nación sea una persona ampliamente comprometida con el Estado de Derecho y la vigencia de los derechos fundamentales, y goce de una amplia legitimidad para llevar adelante el mandato constitucional.
La Defensoría del Pueblo debería cumplir un rol fundamental en la defensa y protección de los derechos humanos y en el control de los abusos e ilegalidades de la administración pública y empresas de servicios públicos.
Por ello, quien ocupe un cargo de tanta relevancia debe cumplir con los requisitos establecidos en la ley 24.284, y los que emanan de la propia Constitución y la forma democrática de gobierno. Así, el/la Defensor/a del Pueblo de la Nación debería contar, al menos, con las siguientes calidades:
1) Una conducta pública que acredite idoneidad ética o moral (conforme los artículos 16 y 36 de la Constitución Nacional), lo que implica contar con un reconocido compromiso con los derechos humanos.
2) La mayor independencia de criterio posible respecto de la influencia del poder gubernamental de turno y de los grupos de interés, a fin de poder evaluar libremente las situaciones en las que debe intervenir.
3) Capacidades básicas en materia de gestión y experiencia de trabajo para establecer un plan estratégico que tome en cuenta las principales necesidades y urgencias reales de la sociedad.
Estamos convencidos/as de que si la titularidad de la Defensoría del Pueblo de la Nación recae sobre personas de reconocida trayectoria en la práctica pública en la defensa de los derechos e intereses públicos, se fortalecerá su labor y legitimidad. Más aún si se tiene en cuenta que se trata de un órgano unipersonal que carece de poder coercitivo respecto de sus recomendaciones, por lo que esta legitimidad dependerá en buena medida del prestigio del que goce y de la falta de cuestionamiento de la que pueda ser objeto su titular.
A los fines de garantizar esta idoneidad deviene fundamental que el procedimiento de selección del/la próximo/a Defensor/a del Pueblo respete estándares básicos en materia de transparencia y participación de la sociedad, lo que no ocurre en la actualidad.
Es necesario que la designación sea fruto de un riguroso proceso de selección que refleje la centralidad de la misión del/la Defensor/a del Pueblo de la Nación. Este proceso debe garantizar, por ejemplo, la posibilidad de que la ciudadanía realice un análisis exhaustivo de los antecedentes y experiencia previa de los/as candidatos/as, tal como establecen los Principios de París1.
1 Principios relativos a las "buenas prácticas" que deben observarse en las instituciones nacionales de derechos humanos, entre las que se encuentran el/la Defensor/a del Pueblo de la Nación. Reglas adoptadas por la Asamblea General de las Naciones unidas por resolución 48/134 del 20 de Diciembre de 1993.
Esperamos, asimismo, que este nuevo proceso de selección dé lugar a una discusión profunda sobre el funcionamiento de la Defensoría del Pueblo de la Nación, que incluya un análisis de sus objetivos institucionales, políticas y estrategias prioritarias. Sería importante que esta redefinición contribuya a elevar el nivel de eficiencia de la gestión en favor de la efectiva protección de los derechos humanos de todos y todas, sin discriminación de ninguna índole.
Estos aportes apuntan a superar los déficits actuales y asegurar que el/la próximo/a Defensor/a del Pueblo sea una persona idónea, independiente y capaz, seleccionada mediante un procedimiento transparente y participativo, que trabaje al servicio de los sectores mas postergados de nuestro país.

Para adherir a la propuesta por favor escribir a: defensoriaparaelpueblo@gmail.com
JUNTA INTERNA ATE
DEFENSORIA DEL PUEBLO DE LA NACION
ate@defensor.gov.ar
local gremial: 4819-1597

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