viernes, 24 de abril de 2009

Misiones Ley N°: 4123 - Licencias

Fecha de Sanción: 04 de Noviembre de 2004.Tema: Establece régimen de licencia con goce íntegro de haberes por hijo condiscapacidad.La cámara de representantes de la Provincia de Misiones sanciona con fuerza de leyARTÍCULO 1.- Establécese régimen de licencia especial de hasta ciento ochenta días con goce íntegro de haberes por hijo con discapacidad, en los términosdel artículo 2 de la Ley Nro 2707.ARTÍCULO 2.- Tienen derecho a la presente, los agentes que prestan servicio en el ámbito de los tres poderes del Estado, entes autárquicos ydescentralizados y organismos de la Constitución que, en su carácter de padre o madre, indistintamente, tuvieran a cargo hijos con discapacidad.ARTÍCULO 3.- El beneficio establecido en la presente ley es aplicable a los casos en que la discapacidad se manifestara al momento del nacimiento osobreviniera con posterioridad al mismo, siendo aplicable a las guardas con fines de adopción.ARTÍCULO 4.- Finalizada la licencia establecida en el artículo 1 de la presente ley, a efectos de realizar el tratamiento que, por prescripción médica, serequiera, el agente gozará de franquicia de una jornada laboral por cada diez días laborables.La presente franquicia no es acumulable y caduca el derecho en casode no hacer uso del mismo.ARTÍCULO 5.- El régimen de licencia especial establecido en la presente ley no afecta a las licencias otorgadas por el régimen ordinario o especialesprevistos en las normas vigentes.ARTÍCULO 6.- Invítase a los municipios a adherir a lo establecido en la presente ley, mediante el dictado de normas similares.ARTÍCULO 7.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, enPosadas, a los cuatro días del mes de noviembre de dos mil cuatro.Dr. RENÉ GERMÁN CASALSSECRETARIO LEGISLATIVOA/C ÁREA PARLAMENTARIACámara de RepresentantesProvincia de MisionesIng. LUIS ALBERTO VIANAPRESIDENTE

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