martes, 8 de febrero de 2011

Resolución Nº 31/11

Resolución Nº 31/11
- MTESS - Crea el Comité Técnico de Seguimiento de la Normativa Laboral y de Seguridad Social para la Implementación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad



B.O. 21.01.11 -

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 31/2011

Créase el "Comité Técnico de Seguimiento de la Normativa Laboral y de Seguridad Social para la Implementación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad - Ley N° 26.378".



Bs. As., 17/1/2011

VISTO el Expediente Nº 1.394.317/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y La Ley Nº 26.378, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.378 se aprobó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo, aprobados mediante resolución de la Asamblea General de Naciones Unidas A/ RES/ 61/ 106, el día 13 de diciembre de 2006.

Que mediante el artículo 4º la mencionada Convención referido a las Obligaciones Generales, los Estados Partes se comprometen, entre otras cuestiones, a adoptar todas las medidas legislativas, administrativas y de otra índole a efectos de hacer efectivos los derechos reconocidos por dicho tratado, a tomar las medidas pertinentes para modificar o derogar leyes, reglamentos, costumbres y prácticas existentes que constituyan discriminación contra las personas con discapacidad y a tener en cuenta en todas las políticas y los programas, la protección y promoción de los derechos humanos de las personas con discapacidad.

Que en orden a lo estipulado por el artículo 23 de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, corresponde a este Ministerio entender en todo lo inherente a las relaciones y condiciones individuales y colectivas de trabajo, al régimen legal de las negociaciones colectivas y de las asociaciones profesionales de trabajadores y empleadores, al empleo y la capacitación laboral y a la seguridad social.

Que en particular, el inciso 9 del mencionado artículo establece la competencia de esta Cartera de Estado para entender en la elaboración, aplicación y fiscalización del régimen de trabajo de las personas con discapacidad, entre otros grupos especiales de trabajadores.

Que resulta necesario intervenir en el diseño e implementación de políticas públicas específicamente consideradas en el texto normativo de la citada Convención, a saber: La protección contra todo tipo de explotación (artículo 16); el trabajo y el empleo (artículo 27); y la protección social (artículo 28), políticas que, a la vez de tener que adecuarse a los principios y directrices de la Convención tienen estrecha relación con otras como las de salud y rehabilitación profesional.

Que, en consecuencia, corresponde convocar a diversas áreas de este Ministerio, a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) y a la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (SRT), organismos descentralizados en su ámbito, a fin de avocarse al estudio y análisis de la normativa legal y reglamentaria, y de las prácticas administrativas vigentes en sus respectivos ámbitos a fin de realizar las propuestas de modificaciones, adecuaciones o derogaciones que fueren necesarias a efectos de dar pleno cumplimiento a los derechos consagrados en el referido tratado internacional.

Que, en virtud de su competencia específica en la materia, resulta pertinente invitar a participar de dichas acciones a la COMISION NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACION DE PERSONAS DISCAPACITADAS, dependiente del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y a la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD dependiente del MINISTERIO DE SALUD.

Que el Servicio Jurídico Permanente ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido por la Ley de Ministerios Nº 22.520(texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE

Artículo 1º — Créase en el ámbito de este Ministerio, el "Comité Técnico de Seguimiento de la Normativa Laboral y de Seguridad Social para la Implementación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad - Ley Nº 26.378", cuyo objetivo se ajustará al estudio y análisis de la normativa legal y reglamentaria y de las prácticas administrativas en sus respectivos ámbitos, así como a realizar las propuestas de modificaciones, adecuaciones y/o derogaciones que fueren necesarias a efectos de lograr el pleno cumplimiento de los derechos consagrados en el referido tratado internacional.

Art. 2º — El Comité Técnico estará integrado por dos representantes titulares y uno alterno de las SECRETARIAS DE EMPLEO, con la participación de la UNIDAD PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y GRUPOS VULNERABLES, quien actuará en razón de su especificidad en la materia; DE TRABAJO y DE SEGURIDAD SOCIAL, la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) y la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (SRT).

Art. 3º — Dispónese que dicho comité será presidido y coordinado por el señor SUBSECRETARIO DE POLITICAS DE EMPLEO Y FORMACION PROFESIONAL de la SECRETARIA DE EMPLEO de esta Cartera de Estado.

Art. 4º — El Comité Técnico deberá estar integrado por al menos una persona con discapacidad representante de cada uno de los organismos mencionados en el articulo 2º de la presente.

Art. 5º — El Comité Técnico podrá solicitar información y/o asistencia técnica a Organizaciones de la Sociedad Civil vinculadas a las personas con discapacidad, a efectos de participar en las tareas asignadas al Comité creado por la presente.

Art. 6º — Invítese, a designar representantes titulares y alternos para integrar el comité mencionada en el artículo 1º, a la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD y a la COMISION NACIONAL PARA LA INTEGRACION DE PERSONAS DISCAPACITADAS, dependiente del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS. SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 7º — Dispónese que la presidencia y coordinación del comité determinará la frecuencia de reuniones, la metodología de trabajo y las formas de comunicación entre los miembros de la misma.

Art. 8º — Dispónese el plazo de TREINTA (30) días corridos a partir de la publicación de la presente para establecer la integración del comité que se crea por el artículo 1º y el plazo máximo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir de su constitución para la presentación del informe y proyectos normativos.

Art. 9º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— Carlos A. Tomada.



Fuente: B.O.21-01-11

miércoles, 29 de diciembre de 2010

LOS CLUBES OTORGARÁN BECAS A PERSONAS CON DISCAPACIDAD en la Provincia de Buenos Aires

A través de un convenio entre el Gobierno de la provincia de Buenos Aires y la Asociación del Fútbol Argentino, los clubes afiliados a la entidad otorgarán becas a personas con discapacidad para que practiquen según lo necesiten, deportes y disciplinas.


Los interesados deberán anotarse en el Área de Discapacidad del Palacio Municipal del distrito al que pertenecen y pedir el beneficio. En este marco, la AFA se comprometió a promover entre sus clubes afiliados ubicados dentro del territorio provincial, la inclusión a personas con discapacidad y otorgar una beca para que puedan realizar actividades deportivas, sociales, culturales y de esparcimiento en forma gratuita.


“Cada municipio tiene que enviar un listado para que desde la Dirección de Discapacidad de la Provincia, lo elevemos a la AFA. Luego, cada club tendrá esa nómina con nombre y apellido para que le den el carnet gratis. Con este sistema queremos evitar que gente que no le corresponda, use el beneficio”, sostuvo Gladys Pestillo, la Directora de Discapacidad y Políticas Compensatorias.

domingo, 14 de noviembre de 2010

Análisis crítico de las instituciones de seguridad

Conferencia magistral del Dr. Eugenio Zaffaroni, viernes 12 de noviembre de 15 a 18 horas. Salón Ortega Peña, Piedras 574.

viernes, 5 de noviembre de 2010

Scioli lanzó el nuevo Consejo Provincial de Discapacidad

Se denomina COPRODIS según sus siglas. El nuevo organismo Estatal está conformado por integrantes de todos los ministerios bonaerenses, bajo la coordinación de la Jefatura de Gabinete.

En el marco del acto de lanzamiento Scioli señaló que su gestión tomó esta iniciativa “para que las capacidades diferentes no signifiquen oportunidades diferentes”. Destacó además que “deben atenderse sus derechos, para que los discapacitados puedan avanzar y progresar, atendiéndolos a ellos y a toda su familia”.

En el mismo mismo sentido, las autoridades provinciales acordaron crear los consejos municipales de discapacidad y llamar a elecciones para seleccionar a quiénes serán los representantes de la sociedad civil en el nuevo Consejo.

En el COPRODIS tendrán ingerencia los Ministerios y dependencias de gobierno. Al respecto el primer mandatario provincial indicó: “Esto muestra nuestra decisión de que es un tema que hay que abordarlo en forma transversal, de todas las áreas de gobierno”.

Por su parte, Lucia Maffrand subsecretaria para la Articulación de Políticas de Integración y Presidenta del Consejo Provincial para las Personas Discapacitadas dijo que “el COPRODIS tiene como objetivo construir una sociedad con más oportunidades para todos, para avanzar hacia la integración de todos los actores”.

Como parte de la presentación y del primer encuentro del Consejo estuvieron el Jefe de Gabinete, Alberto Pérez; el Ministro de Trabajo, Oscar Cuartango; la Secretaria de Derechos Humanos, Sara Derotier de Cobacho; entre otros funcionarios e instituciones intermedias.

Fuente: La Noticia 1

jueves, 21 de octubre de 2010

El Gobierno de la Ciudad se niega a hacer accesible una escuela a la que concurre un niño con discapacidad motriz

NO ESTÁ BUENO BUENOS AIRES: El Gobierno de la Ciudad apeló la sentencia que lo obliga a realizar obras de readecuación en la Escuela Joaquín V. González, negándose incluso a reubicar en la planta baja las actividades de Dylan, un niño de 13 años, usuario de silla de ruedas.



Dylan concurre a la Escuela J. V. González desde el jardín. Durante los primeros años, cursaba en planta baja, pero el año pasado, al iniciar 5º grado, las clases a las que tenía que asistir las pasaron a un piso superior. Fue así como la mamá de Dylan habló con la directora y el supervisor escolar para que bajaran a la planta baja las actividades a las que debía concurrir el niño; pero éstos se negaron sistemáticamente, obligando al menor a subir reptando las escaleras para llegar a su grado y recomendándole que lo cambi e de escuela.

A partir de esta situación, con el Patrocinio Jurídico de Acceso YA., la madre del menor se presentó ante la justicia a fines de 2009, vía acción de amparo. En el marco de esta acción, el mes pasado la juez Gabriela Seijas hizo lugar a nuestra pretensión y condenó al Gobierno de la Ciudad a realizar obras de readecuación en la escuela, a fin de que Dylan pueda culminar sus estudios en el establecimiento, sin que corra peligro su integridad física ni su dignidad. Pero las autoridades gubernamentales se niegan a cumplir la medida.

El Gobierno de la Ciudad afirma que el hecho de que el niño esté accediendo al material de estudio, ya lo posiciona en igualdad de condiciones que el resto de sus compañeros, aún cuando en muchas situaciones Dylan tiene sus clases en soledad, en la planta baja, mientras sus compañeros están todos juntos en el aula del piso superior. Las autoridades gubernamentales no sólo se niegan a reubicar todos los cursos de Dylan en la planta baja, sino que además, manifiestan que no colocaran un ascensor porque consideran que significaría una atención desigual con respecto a otras escuelas de la ciudad.

Esta actitud es una clara manifestación de una política pública discriminatoria del Estado, y muestra un claro desconocimiento de las leyes vigentes en nuestro país en materia de no discriminación arbitraria y derechos humanos.

Sumate a nuestra lucha, hacé clic aquí y exigile a la Procuración de la Ciudad de Buenos Aires que de marcha atrás con el recurso de apelación presentado y cumpla de manera inmediata con lo ordenado por la Justicia, garantizando a Dylan su derecho a estudiar en condiciones de igualdad, seguridad y autonomía.


DATOS ALARMANTES

· El 75% de las escuelas públicas y el 95 % de escuelas privadas no son accesibles. (Fuente: Auditoria de la Ciudad y Acceso Ya.)

· Se estima que en argentina no menos de 89.000 niños con discapacidad de entre 5 y 14 años se encuentran excluidos de la posibilidad de acceder a la escolaridad común debido a las barreras físicas que presentan los establecimientos educativos. (Fuente: Rumbos)

En la escuela empieza el ciclo de exclusión de personas con discapacidad, que se extiende a lo largo de sus vidas. Y es en dicho ámbito donde se aprende, además de contenido, valores y formas de ver el mundo. Por eso es importante que todos los niños puedan ir a la escuela, para aprender y practicar la capacidad de comprender al otro e in tegrar las diferencias, para en el presente proyectar un futuro y así construir una sociedad inclusiva, que respete y valorice la diversidad humana.

Link nota periodistica


Fuente: Acceso ya

Modelo discapacitada se convirtió en estrella internacional

En Bélgica

Tanya Kiewitz se convirtió en poco tiempo en una estrella internacional luego de protagonizar una campaña de sensibilización sobre la discapacidad en Bélgica.

La modelo de 35 años, a quien le falta parte de un brazo, posó para la organización belga "Cap 48" simplemente en corpiño y mirando a la cámara. A su lado, una leyenda reza: "Mirame a los ojos, dije a los ojos".

"Las personas piensan que los discapacitados somos personas raras, pero yo puedo ser una mujer normal e incluso sexy", dijo Tanya.

La campaña incluyó una maratón televisiva que recaudó más de 4 millones de euros, que serán donados a personas con alguna discapacidad.

En declaraciones a la prensa, Kiewitz señaló: "Lo hice porque por una vez en mi vida pude mostrarme como soy, sin esconderme".

http://www.ambito.com/noticia.asp?id=549243

Modelo discapacitada se convirtió en estrella internacional